Circular por la que se comunica a las dependencias, Fiscalía General de la República, entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas, municipios y alcaldías que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa denominada Desarrollo de Infraestructura ICG, Sociedad Anónima de Capital Variable.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.- Área de Responsabilidades. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA DENOMINADA DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA ICG, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

CIRCULAR OIC/CAPUFE/TAR/003/2019

Oficiales mayores de las dependencias,

Fiscalía General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas,

municipios y alcaldías.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 77 y 78, fracción I, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 3, letra C, y 99, fracción I, punto 12, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la Resolución CAPUFE. 09/120/TAR. 356/2019 de veintinueve de marzo de dos mil diecinueve, que se dictó en el expediente de sanción a proveedores y contratistas PSP. 6/2017, incoado en contra de la empresa Desarrollo de Infraestructura ICG, Sociedad Anónima de Capital Variable, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos...

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