Circular por la que se comunica a las dependencias, la Fiscalía General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las empresas productivas del Estado y a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona física Miguel Ángel Yáñez Escorza.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de Cultura.- Área de Responsabilidades. Circular No. OIC.48.AR/0127/2021
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL GRUPO DE TECNOLOGÍAS DIGITALES GAHESA, S DE R.L. DE C.V.
Titulares de las Unidades de Administración y Finanzas de las Dependencias,
Fiscalía General de la República y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas,
empresas productivas del Estado.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 59, primer párrafo y 60, primer párrafo, fracción IV, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la resolución definitiva de fecha cinco de marzo de dos mil veintiuno, dictada en el expediente administrativo CULTURA-R-SP-004/2020, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la persona moral Grupo de Tecnologías Digitales Gahesa, S de R.L. de C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que se le impuso una multa por la cantidad de $122,512.00 (ciento veintidós mil quinientos doce pesos 00/100 moneda nacional), y la sanción de Inhabilitación temporal por tres meses para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; por lo que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba