Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar proposiciones o celebrar contratos con la empresa Urbanización y Construcciones Aldana, S.A. de C.V.

Fecha de disposición12 Enero 2016
Fecha de publicación12 Enero 2016
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente No. SAN/034/2014. CIRCULAR No. 24

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPOSICIONES O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIONES ALDANA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones VIII y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, vigente en términos del segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de dicho ordenamiento legal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de enero de dos mil trece, 62, fracción III, numeral 2, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2, 8 y 9 párrafo primero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 77 y 78, fracción I y párrafos, segundo y tercero, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la Resolución SAN 061, de fecha catorce de diciembre de dos mil quince, que se dictó dentro del expediente número SAN/034/2014, mediante la cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Urbanización y Construcciones Aldana, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir proposiciones o celebrar contratos respecto de la materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de doce...

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