Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la C. María Dolores Maldonado de León

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente No. PISI-A-NTE-D.F.-NC-DS-0073/2012.- Oficio No. 00641/30.15/3541/2016. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA C. MARÍA DOLORES MALDONADO DE LEÓN.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

De conformidad con lo determinado por la Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en su Sentencia Interlocutoria con fecha 1 de abril de 2016, emitida en el recurso de queja promovida por la C. MARÍA DOLORES MALDONADO DE LEÓN, dentro del Juicio de Nulidad número 6431/14-17-10-6, en la que determinó dejar sin efectos la resolución número 00641/30.15/4383/2015 de fecha 7 de septiembre de 2015, dictada por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el expediente administrativo número PISI-A-NTE-D.F.-NC-DS-0073/2012, en la que se le impusieron a la C. MARÍA DOLORES MALDONADO DE LEÓN, en los mismos términos de la resolución primigenia número 00641/30.15/0044/2014 de fecha 28 de enero de 2014 impugnada, multa por la cantidad de $96,611.50 (NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS ONCE PESOS 50/100 M.N.) e inhabilitación por el periodo 2 (DOS) AÑOS, precisándose que esta autoridad administrativa dictó el acuerdo número 00641/30.15/3521/2016 de fecha 13 de junio de 2016, en el que se ordenó, entre otros: i) Dejar sin efectos la resolución administrativa número 00641/30.15/4383/2015 de fecha 7 de septiembre de 2015, y iii) Emitir una nueva resolución en los mismos términos de la resolución primigenia, con la salvedad de subsanar la ilegalidad determinada por la citada Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, lo anterior de conformidad con el artículo 57 fracción I inciso b) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; y en el ejercicio de las facultades discrecionales que tiene esta autoridad.

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