Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias, así como a las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona moral Construtora Norberto Odebrecht, S.A.

Fecha de disposición11 Diciembre 2017
Fecha de publicación11 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. UNIDAD DE RESPONSABILIDADES DE PETRÓLEOS MEXICANOS

Delegación de la Unidad de Responsabilidades de Petróleos Mexicanos Empresa Productiva del Estado, en Pemex Transformación Industrial, Empresa Productiva del Estado, Subsidiaria de Petróleos Mexicanos.

Expediente No. PTRI-S-005/2017

"2017. AÑO DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS"

Ciudad de México, a 08 de diciembre de 2017.

CIRCULAR No. UR-DPTRI-S-001-2017

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A.

OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y SUS EMPRESAS PRODUCTIVAS SUBSIDIARIAS Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.

P R E S E N T E S.

Con fundamento en los artículos 14, 16, 25, párrafo quinto, 90 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59, fracción III, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de noviembre de dos mil ocho, vigente en la fecha de los hechos; 37, fracciones XII y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el quince de agosto de dos mil dieciséis, en la cual se contempla como Empresa Productiva del Estado a Petróleos Mexicanos, figurando como una de sus Empresas Productivas Subsidiarias Pemex Transformación Industrial; 86 y 90, de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el once de agosto del dos mil catorce; 53, fracción II, y Séptimo Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de octubre de dos mil catorce; artículo 18 y 19 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR