Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona moral Consultoría y Servicios Empresariales CED, S.A. de C.V.
Fecha de disposición | 27 Diciembre 2017 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2017 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Petróleo.- Área de Responsabilidades.- Expediente: SPC-001/2017. CIRCULAR No. 18/474/JOA- 002/2017
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA MORAL CONSULTORÍA Y SERVICIOS EMPRESARIALES CED, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal, empresas
productivas del Estado y de los gobiernos
de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 62, párrafo primero, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 2, 3 inciso C), 99 fracción I apartado 12 y 101 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública y en cumplimiento a lo ordenado en los resolutivos tercero y quinto de la Resolución de 14 de diciembre de 2017, que se dictó en el expediente SPC-001/2017, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la persona moral Consultoría y Servicios Empresariales CED, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con la persona moral Consultoría y Servicios Empresariales CED, S.A. de C.V., de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
Dicha inhabilitación subsistirá hasta el día en que la proveedora infractora realice el pago de la multa, aun y cuando el plazo de...
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