Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Grupo Libra Servicios Administrativos, S.A. de C.V.

Fecha de disposición15 Noviembre 2018
Fecha de publicación15 Noviembre 2018
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente No. PISI-A-SUR-D.F.-NC-DS-0026/2016.- Oficio No. 00641/30.15/8801/2018. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA GRUPO LIBRA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República,

empresas productivas del Estado y

equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII y XXIX, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 8, 9 primer párrafo, 13 y 57 fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2 fracción II, 26 fracción I, 26 Bis fracción II, 27 último párrafo, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 2 fracciones II y III, 3 inciso C), y 99 fracción I numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 83 párrafos primero, segundo, tercero y sexto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos Tercero y Quinto de la Resolución número 00641/30.15/7949/2018 de fecha 06 de noviembre de 2018, que se dictó en el expediente número PISI-A-SUR-D.F.-NC-DS-0026/2016, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa GRUPO LIBRA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día...

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