Circular por la que se comunica a las dependencias, la Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las empresas productivas del Estado y a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Importadora Fabregat S.A. de C.V.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional Forestal.- Área de Responsabilidades. CIRCULAR No. CI-RE/16110/605/2018

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA IMPORTADORA FABREGAT S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas,

empresas productivas del Estado.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 59 y 60 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 110 de su Reglamento; en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo quinto de la resolución de fecha cuatro de diciembre de dos mil dieciocho dictada en el expediente administrativo SC-02/18 mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa IMPORTADORA FABREGAT, S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que se impuso a dicha empresa una multa de $657,360.00 (seiscientos cincuenta y siete mil trescientos sesenta pesos 00/100 moneda nacional), así como Inhabilitación temporal por un año para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Pública; por lo que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de un año.

En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan...

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