Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Servicios Múltiples de Mantenimiento, Conservación y Suministro, S.A. de C.V.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-NC-DS-0040/2017.- No. de Oficio 00641/30.15/10265/2018. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA SERVICIOS MÚLTIPLES DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y SUMINISTRO, S.A. DE C.V.,
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República,
empresas productivas del Estado y equivalentes
de las entidades de la Administración Pública Federal
y de los gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII y XXIX, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 8, 9 primer párrafo, 13 y 57 fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2 fracciones III y IV, 11, 26 fracción II, 26 Bis fracción II, 27, 34, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 2 fracciones II y III, 3 inciso C), y 99 fracción I numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 83 párrafos primero, segundo, tercero y sexto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y en cumplimiento a lo ordenado en los Resolutivos Tercero y Quinto de la Resolución número 00641/30.15/10259/2018 de fecha 17 de diciembre de 2018, que se dictó en el expediente número PISI-A-NC-DS-0040/2017, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la empresa SERVICIOS MÚLTIPLES DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y SUMINISTRO, S.A. DE C.V., esta Autoridad Administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique...
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