Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República, entidades de la Administración Pública Federal y empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Manejo Integral en Consulta Empresarial, Sociedad Anónima de Capital Variable.

Fecha de disposición02 Abril 2019
Fecha de publicación02 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en la Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V.- Área de Responsabilidades.- Oficio No. 18/200/0082/R/2019.- Expediente: SANC-0007/2018. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA MANEJO INTEGRAL EN CONSULTA EMPRESARIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de

las empresas productivas del Estado,

así como de los gobiernos de las

entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, 60, 61 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 114 y 115 del Reglamento de la citada Ley; 2, 70 y 72 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 apartado C 99 fracción I numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mil diecisiete; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo cuarto de la resolución contenida en el oficio 18/200/ 066/R/2019, de trece de marzo de dos mil diecinueve, que se dictó en el expediente SANC-0007/2018, mediante el cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción instaurado contra Manejo Integral en Consulta Empresarial, Sociedad Anónima de Capital Variable, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquél en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona...

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