Circular por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Genaro Aguilar Gutiérrez.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de la Función Pública |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente No. SAN/021/2017. CIRCULAR No. 16/2018
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL C. GENARO AGUILAR GUTIÉRREZ.
Con fundamento en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 83, fracción III, numeral 3, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 1, primer párrafo, 2, 8 y 9, párrafo primero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, fracción V, 59, primer párrafo, y 60, fracción IV, así como párrafos primero, segundo y tercero de este último, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 111 y 115 de su Reglamento, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo TERCERO de la Resolución del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, que se dictó en el expediente número SAN/021/2017, mediante la cual, se resolvió el procedimiento administrativo incoado al C. GENARO AGUILAR GUTIÉRREZ, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona física, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de nueve (9) meses.
En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el C. GENARO AGUILAR GUTIÉRREZ, no quedarán comprendidos en la aplicación de...
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