Circular por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, a las empresas productivas del Estado, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la medida cautelar otorgada a la empresa Jaguar Ingenieros S.A. de C.V. por la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Fecha de disposición01 Noviembre 2019
Fecha de publicación01 Noviembre 2019
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PS/0010/2018-GACM. CIRCULAR No. OIC/GACM/911/2019

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LA MEDIDA CAUTELAR OTORGADA A LA EMPRESA JAGUAR INGENIEROS S.A. DE C.V. POR LA NOVENA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos , 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII, y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 98, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 13, 77 y 78, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 35 y 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, ordenamiento jurídico de aplicación supletoria a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; esta autoridad administrativa, en acatamiento a la resolución de fecha cuatro de septiembre de dos mil diecinueve emitida en el juicio contencioso administrativo federal número 11143/19-17-09-3, por la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa al Recurso de Reclamación promovido por la empresa mencionada, hace de su conocimiento que la citada Sala Regional Metropolitana resolvió: "...Conforme hasta lo aquí resuelto, lo procedente es MODIFICAR la sentencia de medidas cautelares de 02 de julio de 2019; lo anterior con fundamento en el artículo 62, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y otorgar la medida cautelar solicitada para el efecto de que se publiquen las sanciones, tanto en el Diario Oficial de la Federación como en el Sistema de Procedimiento Administrativo de Sanción a Proveedores y Contratistas a cargo de la Secretaría de la Función Pública, con la anotación de que las mismas fueron impugnadas a través del juicio 11143/19-17-09-3 de la Novena Sala Regional Metropolitana de este Tribunal Federal de Justicia Administrativa y que...

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