Circular dirigida al personal de la Subsecretaría de Minería, la Dirección General de Minas, Dirección General de Desarrollo Minero, Servicio Geológico Mexicano, Fideicomiso al Fomento Minero y Exportadora de Sal, S.A. de C.V., para que en el desempeño de sus funciones cumplan con la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Economía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Minería. CIRCULAR
Al personal de la Subsecretaría de Minería, la Dirección General de Minas, Dirección General de Desarrollo Minero, Servicio Geológico Mexicano, Fideicomiso al Fomento Minero y Exportadora de Sal, S.A. de C.V.
Considerando que el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente en sus tres primeros párrafos:
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Reafirmando el compromiso de la presente administración con el sistema universal de los derechos humanos;
Retomando la política de colaboración y acompañamiento interinstitucional para el desarrollo del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024;
Recordando el respeto a los derechos humanos como eje transversal de la actividad gubernamental;
Observando la importancia del papel que desempeña la estructura de la Subsecretaría de Minería en el sector minero, respecto de los pueblos y comunidades indígenas;
Recordando también que, en su Recomendación 062/2018, Sobre el caso de las violaciones...
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