Circular Modificatoria 10/18 de la Única de Seguros y Fianzas.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Agosto de 2018
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 10/18 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Disposición 39.6.2.)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

CONSIDERANDO

Que en términos de lo previsto en el Capítulo 39.6 de la Circular Única de Seguros y Fianzas, para efectos de llevar a cabo diversos trámites a que se refiere la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, es preciso que los interesados presenten ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, información de manera física en sus instalaciones.

Que la Disposición 39.6.2 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente, establece los horarios, días y ubicación de las oficinas de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas correspondientes, entre otros, a su Oficialía de Partes, a efecto de que las entidades y personas supervisadas por dicha Comisión lleven a cabo la entrega de información a que se refiere la Disposición 39.6.1 de la misma Circular Única.

Que con la finalidad de brindar certeza jurídica a dichas personas para la entrega de información física que deben presentar ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, es necesario actualizar el domicilio de la Oficialía de Partes de dicha Comisión, que se establece en la Disposición 39.6.2 de la Circular Única de Seguros y Fianzas vigente.

Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:

CIRCULAR MODIFICATORIA 10/18 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Disposición 39.6.2.)

ÚNICA.- Se modifica la Disposición 39.6.2. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, para quedar de la siguiente manera:

39.6.2. ...

  1. ...

  2. Tratándose de la información a que se refieren los Títulos 2 a 31 y 34, 35 y 37 de estas Disposiciones y que requiera de entrega física en las instalaciones de la Comisión, su presentación deberá hacerse, en horario de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles...

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