Circular Modificatoria 11/18 de la Única de Seguros y Fianzas (Disposición 4.10.18.; Anexo 4.10.18.).

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR MODIFICATORIA 11/18 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (Disposición 4.10.18.; Anexo

4.10.18.)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

CONSIDERANDO

Que el 8 de marzo de 2017, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo", mediante el cual, en términos de su Artículo Quinto, las Dependencias de la Administración Pública Federal que expidan nuevos actos administrativos de carácter general, deberán indicar expresamente en el anteproyecto correspondiente las dos obligaciones regulatorias o los dos actos que se abrogarán o derogarán y que se refieran a la misma materia o sector económico regulado.

Que el 23 de febrero de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Circular Modificatoria 1/18 de la Única de Seguros y Fianzas, por virtud de la cual de conformidad con lo establecido en su Disposición Segunda Transitoria y con la finalidad de dar cumplimiento al Artículo Quinto del citado Acuerdo, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas adquirió el compromiso de simplificar el trámite CNSF-18-001-A "Reporta incidencias por accesos no autorizados a Información Sensible del usuario en medios electrónicos. Modalidad A: Reporte de Incidencias sobre accesos no autorizados a Información Sensible del usuario" y la obligación de enviar lo señalado en la fracción I de la Disposición 4.10.18 del Capítulo 4.10 "Del uso de medios electrónicos para la contratación de operaciones de seguros y de fianzas", y el anexo 4.10.18 "Formato para el reporte de información relativa a los casos en que la información sensible del usuario sea extraída, extraviada o las instituciones y sociedades mutualistas supongan o sospechen de algún incidente que involucre accesos no autorizados a dicha información en operaciones electrónicas" de la Circular Única de Seguros y Fianzas; así como el trámite CNSF-18-001-B...

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