Circular Modificatoria 2/21 de la Única de Seguros y Fianzas.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- CNSF. CIRCULAR MODIFICATORIA 2/21 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Disposición 39.6.2.)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo previsto en los artículos 366, fracción II; 372, fracciones VI y XLII, 373 y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 389 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas señala que las Instituciones y Sociedades Mutualistas, así como las demás personas y entidades que estén sujetas a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, deberán rendirle, en la forma y términos que al efecto establezca mediante disposiciones de carácter general, la información y documentación que para fines de regulación, supervisión, control, inspección, vigilancia, estadística y demás funciones le corresponda ejercer.

Que el artículo 367 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas dispone que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para el ejercicio de sus facultades, contará con delegaciones regionales las cuales podrán realizar, dentro del área de su jurisdicción geográfica, las funciones que se determinen en su Reglamento Interior.

Que la Disposición 39.6.2. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, establece los horarios, días de atención y ubicación de la Oficialía de Partes de este Órgano Desconcentrado, así como el de sus Delegaciones Regionales, a efecto de que las Instituciones, Sociedades Mutualistas y demás personas y entidades sujetas a su inspección y vigilancia puedan entregar la información a que les sea requerida.

Que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en su sesión 219 celebrada el 11 de diciembre de 2020, aprobó el "Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas por el que se define el número, sede y circunscripción territorial de las delegaciones regionales" por el que se actualiza la denominación de las Delegaciones Regionales de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas a raíz del cambio de sede de las Delegaciones Regionales en Monterrey y Veracruz.

En razón de lo anterior, esta Comisión ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los términos que se precisan a continuación:

CIRCULAR MODIFICATORIA 2/21 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Disposición 39.6.2)

ÚNICA.- Se...

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