Circular Modificatoria 5/21 de la Única de Seguros y Fianzas.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- CNSF. CIRCULAR MODIFICATORIA 5/21 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS

(Disposición Octogésima Tercera Transitoria)

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, 367, fracción II, 372, fracciones VI y XLII y 381 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

CONSIDERANDO

Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", señalando que la Secretaria de Salud determinaría las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia.

Que el 31 de marzo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", mediante el cual, entre otras medidas, se ordenó la suspensión inmediata de las actividades no esenciales en los sectores público, social y privado, el cual fue modificado mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril de 2020.

En ese contexto, esta Comisión Nacional de Seguros y Fianzas publicó en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de abril, 4 y 29 de mayo, 30 de junio y 16 de julio del 2020 diversos Acuerdos por los que se suspendieron plazos respecto a trámites y procedimientos para la atención de las instituciones de seguros, de fianzas y demás personas sujetas a su supervisión hasta el 31 de julio del 2020, a causa de la emergencia sanitaria.

Que el 14 de mayo de 2020 la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias", el cual fue modificado mediante Acuerdo publicado en el mismo medio de difusión el 15 mayo de 2020. Y que dicho Acuerdo tiene por objeto establecer una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como...

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