Circular Modificatoria 9/16 de la Única de Seguros y Fianzas
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Hacienda y Crédito Publico |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR MODIFICATORIA 9/16 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (Disposiciones Septuagésima Primera y Septuagésima Segunda Transitorias)
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 366, fracción II, y 372, fracción VI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo establecido en la fracción III de la Disposición 38.1.3. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, relativa al Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (RR-2), el documento que contenga la Autoevaluación de Riesgos y Solvencia Institucionales (ARSI), incluyendo el informe de la Prueba de Solvencia Dinámica a que se refieren las Disposiciones 3.2.6. y 7.2.1. de la misma Circular Única, se presentará anualmente, de conformidad con lo señalado en el Anexo 38.1.3., dentro de los ciento treinta días hábiles siguientes al cierre del ejercicio, y su entrega se apegará al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1. y 39.3. de la citada Circular.
Que toda vez que la implementación del requerimiento de capital de solvencia (RCS) a que se refieren los artículos 232 al 240 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, entró en vigor el 1º de enero de 2016, resulta necesario precisar la información correspondiente al Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (RR-2) correspondiente al ejercicio 2015 que las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas deberán entregar en 2016, particularmente, en lo referente a la entrega del documento que contenga la ARSI, así como el Informe de los resultados de la Prueba de Solvencia Dinámica (IPSD) y la Información sobre las proyecciones de su operación (PRSD).
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas ha resuelto expedir la siguiente modificación a la Circular Única de Seguros y Fianzas en los siguientes términos:
CIRCULAR MODIFICATORIA 9/16 DE LA ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS (Disposiciones Septuagésima Primera y Septuagésima Segunda Transitorias)
ÚNICA.- Se adicionan las Disposiciones Septuagésima Primera y Septuagésima Segunda Transitorias a la Circular Única de Seguros y Fianzas para quedar como sigue:
"SEPTUAGÉSIMA PRIMERA.- El Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (RR-2) a que se refiere la Disposición 38.1.3., correspondiente al ejercicio de...
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