Circular S-1.11 mediante el cual se da a conocer a los agentes de seguros personas morales y agentes de seguros y de fianzas personas morales, el Catálogo de Cuentas con las modificaciones y adiciones que actualizan su contenido

Fecha de disposición29 Diciembre 2009
Fecha de publicación29 Diciembre 2009
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónOCTAVA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. CIRCULAR S-1.11

ASUNTO: Agentes de Seguros Personas Morales y Agentes de Seguros y de Fianzas Personas Morales.- Se da a conocer el Catálogo de Cuentas con las modificaciones y adiciones que actualizan su contenido.

A LOS AGENTES DE SEGUROS

PERSONAS MORALES Y AGENTES

DE SEGUROS Y DE FIANZAS

PERSONAS MORALES

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, 87 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y 3o. del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, esta Comisión da a conocer el Catálogo de Cuentas aplicable a esos agentes de seguros personas morales y agentes de seguros y de fianzas personas morales, que deberán utilizar para el registro de sus operaciones.

Al respecto, dicho Catálogo contiene diversas modificaciones y adiciones con relación al anterior, las cuales se refieren a la inclusión de nuevas cuentas y subcuentas, modificación de nombres de cuentas y adiciones de textos que deberán utilizar esos agentes de seguros personas morales y agentes de seguros y de fianzas personas morales para el registro de sus operaciones, por lo que deberán proceder a desarrollar las tareas necesarias para su adecuación e implementación, debiendo estar listo para su utilización en un plazo no mayor de 60 días naturales, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Circular.

TRANSITORIA

UNICA.- La presente Circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y sustituye y deja sin efectos a la diversa S-1.11 de 2 de septiembre de 1994.

Lo anterior se hace de su conocimiento con fundamento en el artículo 108 fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 16 de diciembre de 2009.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco.- Rúbrica.

COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS

CATALOGO DE CUENTAS DE USO OBLIGATORIO PARA LOS AGENTES DE SEGUROS PERSONAS MORALES Y AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PERSONAS MORALES

INSTRUCCIONES GENERALES

Con la finalidad de unificar y propiciar un mejor control en el registro de las operaciones que realizan los agentes de seguros personas morales y agentes de seguros y de fianzas personas morales y, considerando las propuestas de ese sector, esta Comisión ha tenido a bien elaborar el presente Catálogo de Cuentas.

El Catálogo de Cuentas está conformado de la siguiente manera:

ESQUEMA ESTRUCTURAL BASICO

1 ACTIVO

2 PASIVO

3 CUENTAS COMPLEMENTARIAS DE ACTIVO

4 CAPITAL

5 CUENTAS DE RESULTADOS

6 CUENTAS DE ORDEN

El Catálogo de Cuentas será de uso obligatorio para los agentes de seguros personas morales y agentes de seguros y de fianzas personas morales y observarán las cuentas y subcuentas que se consignan en el mismo, con independencia de que esas sociedades podrán abrir las subcuentas y/o sub-subcuentas que juzguen convenientes para un mejor control de su operación.

En los casos en que dichas sociedades por la naturaleza de algunas de sus operaciones, requieran adicionar nuevas cuentas al citado Catálogo, requerirán previamente la autorización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, explicando las razones que tengan para ello.

ACTIVO
CTA.
SUBCTA.
CIRCULANTE
1101
CAJA
Registrará únicamente efectivo y documentos de cobro inmediato.
1102
BANCOS
Registrará los movimientos de cuentas de cheques, así como los depósitos, títulos o valores en Instituciones de Crédito.
1103
INVERSIONES
01
Disponibles para su venta
02
Para financiar la operación
03
Para conservar a vencimiento
Registrará las inversiones que realice esa sociedad para financiar la operación, disponibles para su venta y para conservar a vencimiento.
1104
INVERSION DE LA RESERVA PARA BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS
Registrará la inversión de los recursos correspondientes a la reserva para los beneficios a los empleados y el importe de los rendimientos que mensualmente devenguen las inversiones, así como de los derechos adicionales.
1105
DOCUMENTOS POR COBRAR
Registrará el importe de los documentos por cobrar a favor de la sociedad.
1106
COMISIONES POR COBRAR SOBRE PRIMAS LIQUIDADAS
01
01 Por seguros
02
02 Por fianzas
Registrará las comisiones sobre primas que ya fueron liquidadas a las instituciones de seguros o de fianzas y que no le han sido pagadas.
1107
IVA PAGADO POR ACREDITAR
Registrará el Impuesto al Valor Agregado que se traslade a la sociedad y el que ésta pague en la importación de bienes y servicios.

1108
DEUDORES DIVERSOS
Registrará el importe de las partidas que por su origen no tengan cuenta específica.
1109
ADEUDOS DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
Registrará los adeudos a favor de la sociedad por préstamos otorgados al personal.
1110
IMPUESTOS PAGADOS POR ANTICIPADO
Registrará el importe de los pagos provisionales que por concepto de impuestos hayan realizado.
1111
CUENTAS POR COBRAR
Registrará el importe de los ingresos pendientes de cobro por servicios prestados que no correspondan a comisiones.
1112
INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES
Registrará el importe pagado por la adquisición de acciones permanentes.
1113
ANTICIPOS A PROVEEDORES
Registrará los importes que se anticipen a los proveedores de mercancías o servicios, a cuenta de futuras compras.
1114
MATRIZ Y SUCURSALES, CUENTA CORRIENTE
Registrará los movimientos efectuados entre matriz y sucursales. Al cierre de los estados financieros, se efectuarán las aplicaciones respectivas, por lo que no deberá mostrar saldo alguno.

FIJO
1201
INMUEBLES
Registrará el importe de cada uno de los inmuebles a su valor de costo de adquisición.
1202
ACTUALIZACION DE INMUEBLES (B-10)
Registrará el efecto de reexpresión determinado.
1203
MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA
Registrará cada uno de los muebles y equipos a su valor de adquisición.
1204
ACTUALIZACION DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA (B-10)
Registrará el efecto de reexpresión determinado.
1205
EQUIPO DE COMPUTO
Registrará cada uno de los equipos de cómputo a su valor de adquisición.
1206
ACTUALIZACION DE EQUIPO DE COMPUTO (B-10)
Registrará el efecto de reexpresión determinado.
1207
EQUIPO DE TRANSPORTE
Registrará cada uno de los vehículos propiedad de la sociedad a su valor de adquisición.
1208
ACTUALIZACION DE EQUIPO DE TRANSPORTE (B-10)
Registrará el efecto de reexpresión determinado.
OTROS ACTIVOS
1301
DEPOSITOS EN GARANTIA
Registrará el importe de los depósitos dejados en garantía por servicios y otros conceptos conforme a los contratos celebrados.
1302
PAGOS ANTICIPADOS
Registrará el importe de los anticipos que realice por rentas, seguros y otros pagos.
1303
INTERESES PAGADOS POR ANTICIPADO

Registrará el importe de los intereses pagados por anticipado, antes del vencimiento del crédito, pendientes de devengarse, por los cuales la sociedad obtiene el derecho de utilizar el dinero recibido y efectuar el pago hasta el fin del período contratado.
1304
ACTUALIZACION DE PAGOS ANTICIPADOS
Registrará el efecto de reexpresión determinado.
1306
CREDITO MERCANTIL
Registrará el importe en exceso de la contraprestación sobre el valor razonable o específico de los activos netos adquiridos, el cual estará sujeto a las pruebas de deterioro.
1307
ACTUALIZACION DEL CREDITO MERCANTIL
Registrará el efecto de reexpresión determinado.
1308
GASTOS DE INSTALACION
Registrará el importe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR