Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria

Fecha de disposición02 Noviembre 2005
Fecha de publicación02 Noviembre 2005
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

JOSE MARIA ZUBIRIA MAQUEO, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 10 fracciones VI y X, y 14 fracciones I, III y IX de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 144, fracción I de la Ley Aduanera; 1o., 2o., 3o. fracciones VIII y XII y 37 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y

Considerando

Que con fecha 6 de junio de 2005 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, expedido por el Ejecutivo Federal.

Que a fin de ubicar adecuadamente la disposición que establece la circunscripción territorial en la cual ejercerán sus facultades las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, así como facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes, resulta adecuado precisar la ubicación de dichas unidades dentro del articulado que establece la citada circunscripción.

Que en la entrada y salida de las mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de su equipaje, no obstante que se efectúa por lugares autorizados, en ocasiones éstos se encuentran fuera de los municipios en donde se encuentra la sede de la Aduana. Así como integrar secciones aduaneras para el ejercicio adecuado de las facultades de la autoridad en materia de comercio exterior, se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA CIRCUNSCRIPCION TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Artículo Primero Las Administraciones Generales de Asistencia al Contribuyente, de Auditoría Fiscal Federal, Jurídica y de Recaudación, tendrán su sede en la Ciudad de México, Distrito Federal y ejercerán sus facultades en todo el territorio nacional.

La circunscripción territorial en donde se ejercerán las facultades de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación, será la que corresponda conforme a las siguientes fracciones:

  1. ADMINISTRACION LOCAL DE AGUASCALIENTES. Con sede en Aguascalientes, Aguascalientes, cuya circunscripción territorial comprenderá el Estado de Aguascalientes.

  2. ADMINISTRACION LOCAL DE ENSENADA. Con sede en Ensenada, Baja California, cuya circunscripción territorial comprenderá el Municipio de Ensenada, en el Estado de Baja California.

  3. ADMINISTRACION LOCAL DE MEXICALI. Con sede en Mexicali, Baja California, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Mexicali del Estado de Baja California y General Plutarco Elías Calles, Puerto Peñasco, y San Luis Río Colorado, en el Estado de Sonora.

  4. ADMINISTRACION LOCAL DE TIJUANA. Con sede en Tijuana, Baja California, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Playas de Rosarito, Tecate, y Tijuana, en el Estado de Baja California.

  5. ADMINISTRACION LOCAL DE LA PAZ. Con sede en La Paz, Baja California Sur, cuya circunscripción territorial comprenderá el Estado de Baja California Sur.

  6. ADMINISTRACION LOCAL DE CAMPECHE. Con sede en Campeche, Campeche, cuya circunscripción territorial comprenderá el Estado de Campeche.

  7. ADMINISTRACION LOCAL DE PIEDRAS NEGRAS. Con sede en Piedras Negras, Coahuila, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Acuña, Allende, Guerrero, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Morelos, Múzquiz, Nava, Piedras Negras, Progreso, Sabinas, San Juan de Sabinas, Villa Unión, y Zaragoza, en el Estado de Coahuila.

  8. ADMINISTRACION LOCAL DE SALTILLO. Con sede en Saltillo, Coahuila, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Abasolo, Arteaga, Candela, Castaños, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Frontera, General Cepeda, Lamadrid, Monclova, Nadadores, Ocampo, Parras, Ramos Arizpe, Sacramento, Saltillo, San Buenaventura, y Sierra Mojada, en el Estado de Coahuila.

  9. ADMINISTRACION LOCAL DE TORREON. Con sede en Torreón, Coahuila, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón, y Viesca, en el Estado de Coahuila, y Cuencamé, El Oro, General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Hidalgo, Indé, Lerdo, Mapimí, Nazas, Ocampo, San Bernardo, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo, Santa Clara, y Tlahualilo, en el Estado de Durango.

  10. ADMINISTRACION LOCAL DE COLIMA. Con sede en Colima, Colima, cuya circunscripción territorial comprenderá el Estado de Colima.

  11. ADMINISTRACION LOCAL DE TAPACHULA. Con sede en Tapachula, Chiapas, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Acacoyagua, Acapetahua, Amatenango de la Frontera, Bejucal de Ocampo, Bella Vista, Cacahoatán, El Porvenir, Escuintla, Frontera Hidalgo, Huehuetán, Huixtla, La Grandeza, Mapastepec, Mazapa de Madero, Mazatán, Metapa, Motozintla, Siltepec, Suchiate, Tapachula, Tuxtla Chico, Tuzantán, Unión Juárez, y Villa Comaltitlán, en el Estado de Chiapas.

  12. ADMINISTRACION LOCAL DE TUXTLA GUTIERREZ. Con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Acala, Aldama, Altamirano, Amatán, Amatenango del Valle, Angel Albino Corzo, Arriaga, Benemérito de las Américas, Berriozábal, Bochil, Catazajá, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chapultenango, Chenalhó, Chiapa de Corzo, Chiapilla, Chicoasén, Chicomuselo, Chilón, Cintalapa, Coapilla, Comitán de Domínguez, Copainalá, El Bosque, Francisco León, Frontera Comalapa, Huitiupan, Huixtán, lxhuatán, Ixtacomitán, Ixtapa, lxtapangajoya, Jiquipilas, Jitotol, Juárez, La Concordia, La lndependencia, La Libertad, Las Margaritas, Larráinzar, Las Rosas, La Trinitaria, Maravilla Tenejapa, Marqués de Comillas, Mitontic, Montecristo de Guerrero, Nicolás Ruiz, Ocosingo, Ocotepec, Ocozocoautla de Espinosa, Osumacinta, Ostuacán, Oxchuc, Palenque, Pantelhó, Pantepec, Pichucalco, Pijijiapan, Pueblo Nuevo Solistahuacán, Rayón, Reforma, Sabanilla, Salto de Agua, San Andrés Duraznal, San Cristóbal de las Casas, San Fernando, San Juan Cancuc, San Lucas, Santiago el Pinar, Simojovel, Sitalá, Socoltenango, Solosuchiapa, Soyaló, Suchiapa, Sunuapa, Tapalapa, Tapilula, Tecpatán, Tenejapa, Teopisca, Tila, Tonalá, Totolapa, Tumbalá, Tuxtla Gutiérrez, Tzimol, Venustiano Carranza, Villa Corzo, Villaflores, Yajalón, y Zinacantán, en el Estado de Chiapas.

  13. ADMINISTRACION LOCAL DE CIUDAD JUAREZ. Con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Ahumada, Ascensión, Buenaventura, Casas Grandes, Galeana, Guadalupe, Ignacio Zaragoza, Janos, Juárez, Nuevo Casas Grandes, y Práxedis G. Guerrero, en el Estado de Chihuahua.

  14. ADMINISTRACION LOCAL DE CHIHUAHUA. Con sede en Chihuahua, Chihuahua, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Aldama, Allende, Aquiles Serdán, Bachíniva, Balleza, Batopilas, Bocoyna, Camargo, Carichí, Chihuahua, Chínipas, Coronado, Coyame del Sotol, Cuauhtémoc, Cusihuiriachi, Delicias, Doctor Belisario Domínguez, El Tule, Gómez Farías, Gran Morelos, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Guazapares, Guerrero, Hidalgo del Parral, Huejotitán, Jiménez, Julimes, La Cruz, López, Madera, Maguaríchi, Manuel Benavides, Matachí, Matamoros, Meoqui, Morelos, Moris, Namiquipa, Nonoava, Ocampo, Ojinaga, Riva Palacio, Rosales, Rosario, San Francisco de Borja, San Francisco de Conchos, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Santa Isabel, Satevó, Saucillo, Temósachi, Urique, Uruachi, y Valle de Zaragoza, en el Estado de Chihuahua.

  15. ADMINISTRACION LOCAL DE DURANGO. Con sede en Victoria de Durango, Durango, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Canatlán, Canelas, Coneto de Comonfort, Durango, Guadalupe Victoria, Guanaceví, Mezquital, Nombre de Dios, Nuevo Ideal, Otáez, Pánuco de Coronado, Peñón Blanco, Poanas, Pueblo Nuevo, Rodeo, San Dimas, San Juan del Río, Santiago Papasquiaro, Súchil, Tamazula, Tepehuanes, Topia, y Vicente Guerrero, en el Estado de Durango.

  16. ADMINISTRACION LOCAL DE CELAYA. Con sede en Celaya, Guanajuato, cuya circunscripción territorial comprenderá los municipios de Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort...

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