Código de Ética del Banco de México.

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Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- Comisión de Responsabilidades. CÓDIGO DE ÉTICA DEL BANCO DE MÉXICO

Enero 2019

  1. DISPOSICIONES GENERALES

    u Objeto

    El presente Código constituye un elemento de la política de integridad del Banco de México, y tiene por objeto guiar la conducta de quienes lo conformamos, establecer los principios y valores que distinguen nuestro actuar como personas servidoras públicas, a fin de que impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente nuestro desempeño, así como determinar los mecanismos de capacitación y difusión en la materia.

    uAlcance

    Las disposiciones de este Código son aplicables a todas las personas servidoras públicas del Banco de México, quienes deberemos observarlas y cumplirlas durante el desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión.

    Asimismo, el presente Código es un marco de referencia que permitirá a las personas con las que el Banco de México tiene alguna relación, conocer los principios y valores que rigen la actuación de su personal.

    uCumplimiento de los valores y normas aplicables

    Es nuestra responsabilidad conocer el contenido del presente Código y utilizarlo como guía de actuación y conducta.

    Los principios, valores y reglas contenidos en este Código de Ética deben cumplirse, sin perjuicio de las disposiciones legales y normativas aplicables al Banco de México y a su personal.

  2. PRINCIPIOS RECTORES DEL SERVICIO PÚBLICO EN EL BANCO DE MÉXICO

    A fin de mantener y fortalecer la confianza de la sociedad y cumplir cabalmente con la misión(1) y visión(2) Institucional, debemos estar conscientes de la responsabilidad, altas expectativas y satisfacción que trae consigo el trabajo que desarrollamos en el Banco de México.

    Por lo anterior, las personas servidoras públicas del Banco de México debemos cumplir en nuestro desempeño con los siguientes principios(3):

    1. LEGALIDAD

      Hacemos solo aquello que las normas expresamente nos confieren y en todo momento sometemos nuestra actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a nuestro empleo, cargo o comisión, por lo que conocemos y cumplimos las disposiciones que regulan el ejercicio de nuestras funciones, facultades y atribuciones.

      ii. HONRADEZ

      Nos conducimos con rectitud, sin utilizar nuestro empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros. No buscamos o aceptamos compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que estamos conscientes que ello compromete nuestras funciones y que el ejercicio de nuestro cargo público implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

      iii. LEALTAD

      Correspondemos a la confianza que la sociedad y el Estado nos ha conferido; tenemos una vocación absoluta de servicio a la sociedad y satisfacemos el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población.

      iv. IMPARCIALIDAD

      Damos a la ciudadanía, y a la población en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas. No permitimos que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten nuestro compromiso para tomar decisiones o ejercer nuestras funciones de manera objetiva.

    2. EFICIENCIA

      Actuamos en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimizamos el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de nuestras actividades para lograr los objetivos propuestos.

      vi. ECONOMÍA

      Administramos los bienes, recursos y servicios con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo estos de interés social.

      vii. DISCIPLINA

      Desempeñamos nuestro empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio.

      viii. PROFESIONALISMO

      Conocemos, actuamos y cumplimos las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a nuestro empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto frente a las demás personas servidoras públicas como ante las y los particulares con quienes lleguemos a tratar.

      ix. OBJETIVIDAD

      Preservamos el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deberán de ser informadas en estricto apego a la legalidad.

    3. TRANSPARENCIA

      En el ejercicio de nuestras funciones privilegiamos el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generamos, obtenemos, adquirimos, transformamos o conservamos; y en el ámbito de nuestra competencia, difundimos de manera proactiva información pública, como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve un gobierno abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo nuestra custodia y, en su caso, guardando la confidencialidad debida en apego a la normatividad aplicable cuando sea procedente.

      xi. RENDICIÓN DE CUENTAS

      Asumimos plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio de nuestro empleo, cargo o comisión, por lo que informamos, explicamos y justificamos nuestras decisiones y acciones...

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