Resolución preliminar de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de placa de acero en hoja al carbono originarias de Rumania, Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía se clasifica en las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 y 7208.52.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Fecha de disposición22 Noviembre 2011
Fecha de publicación22 Noviembre 2011
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION PRELIMINAR DE LA REVISION DE OFICIO DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS SOBRE LAS IMPORTACIONES DE PLACA DE ACERO EN HOJA AL CARBONO ORIGINARIAS DE RUMANIA, RUSIA Y UCRANIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCIA SE CLASIFICA EN LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 Y 7208.52.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION.

Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo Rev. 20/10 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

  1. Resolución final

    1. El 21 de septiembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de placa de acero en hoja al carbono originarias de Rumania, Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final").

  2. Monto de la cuota compensatoria

    2. Mediante la resolución a que se refiere el punto anterior, se impusieron las siguientes cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de placa de acero en hoja al carbono con espesor de hasta 4.5 pulgadas, ancho de hasta 120 pulgadas y peso unitario de hasta 6,250 kilogramos:

    a. de 67.6 por ciento para las originarias de Rumania;

    b. de 60.1 por ciento para las originarias de Ucrania; y

    c. de 36.8 por ciento para las originarias de Rusia.

    3. Se excluyó del pago de dichas cuotas a la placa de acero en hoja al carbono con las características señaladas en el punto 374 de la Resolución Final.

  3. Resolución de inicio de examen y revisión

    4. El 21 de septiembre de 2010 se publicó en el DOF la resolución por la que se declaró el inicio de la revisión de oficio y del examen de vigencia de las cuotas compensatorias. Se fijó como periodo de revisión del 1 de julio de 2009 al 30 de junio de 2010.

  4. Convocatoria y notificaciones

    5. Mediante la publicación a que se refiere el punto anterior, la Secretaría convocó a los productores nacionales, importadores, exportadores y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.

    6. La Secretaría también notificó el inicio del procedimiento a las partes interesadas de que tuvo conocimiento y a los gobiernos de Rumania, Rusia y Ucrania.

  5. Producto investigado

    1. Características esenciales

    a. Descripción general

    7. La placa de acero en hoja al carbono es acero en forma rectangular suministrado en condiciones de rolado con o sin orilla de molino, con espesor de hasta 4.5 pulgadas, ancho de hasta 120 pulgadas y peso unitario de hasta 6,250 kilogramos. Las especificaciones que describen a esta mercancía son el espesor, ancho y largo. Por su naturaleza, la placa es un producto que no está libre de óxido superficial. Es usada en aplicaciones estructurales o aplicaciones donde la calidad superficial no es importante, como la industria manufacturera y de la construcción. Se fabrica con aceros al carbón o comerciales que constituyen la mayor parte de la producción siderúrgica del mundo. Comercialmente se le conoce como placa o plancha de acero cortada en hoja, y en inglés como plate, medium plate, heavy plate, hot rolled carbon steel plate o cut-to-length steel plate.

    b. Clasificación arancelaria

    8. La mercancía objeto de revisión se clasifica en las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03 y 7208.52.01 de la TIGIE, y su clasificación es la siguiente:

    Clasificación arancelaria

    Clasificación arancelaria Descripción
    Capítulo: 72 Fundición, hierro y acero.
    Partida: 7208 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.
    Subpartida de primer nivel Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en caliente:
    Subpartida de segundo nivel: 7208.51 -- De espesor superior a 10 mm.
    7208.51.01 De espesor superior a 10 mm, excepto lo comprendido en las fracciones 7208.51.02 y 7208.51.03.
    7208.51.02 Placas de acero de espesor superior a 10 mm, grados SHT-80, SHT-110, AR-400, SMM-400 o A-516.
    7208.51.03 Placas de acero de espesor superior a 70 mm, grado A-36.
    Subpartida de segundo nivel: 7208.52 -- De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.
    7208.52.01 De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.

    Nota: La mercancía objeto de revisión se clasifica en las fracciones arancelarias que están sombreadas.

    Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet.

    9. La unidad de medida establecida en la TIGIE es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales se realizan normalmente en toneladas métricas.

    2. Información adicional del producto

    a. Tratamiento arancelario

    10. De acuerdo con el Sistema de Información Arancelaria Vía Internet, las importaciones de la mercancía objeto de investigación están sujetas a un arancel ad valorem del 5 por ciento.

    b. Proceso productivo

    11. La producción de la placa de acero en hoja al carbono se lleva a cabo mediante las etapas de extracción y beneficio de las materias primas, producción del acero líquido y laminación. La extracción y beneficio del mineral, así como la laminación, son similares en el mundo y varían únicamente en el grado de automatización.

    12. El proceso para obtener placa de acero en hoja se realiza de la siguiente manera: en el proceso de fundición y aceración de la materia prima se introduce chatarra o fierro esponja a un horno eléctrico o un Alto Horno- Horno Básico al Oxígeno (AH-HBO o BOF por sus siglas en inglés de Basic Oxygen Furnace) para obtener el arrabio o hierro fundido.

    13. El arrabio se introduce al horno de aceración HBO (olla llamada convertidor) en donde, mediante la adición de oxígeno, se reduce el contenido de carbono. Se agregan ferroaleaciones para obtener el acero con las características físicas y químicas requeridas. El acero líquido se lleva a la máquina de colada continua para obtener planchones, que se conducen a molinos en los que, por medio de castillos y rodillos, se laminan hasta obtener placa o plancha laminada en caliente con los espesores y anchos requeridos.

    c. Normas

    14. La placa de acero en hoja al carbono se fabrica conforme a las normas ASME (American Society of Mechanical Engineers), SAE (Society of Automotive Engineers), GOST (Gosudarstvenny Standart), DIN (Deutsches Institut für Normung) y la ASTM-Designation A 36 / A 36M (la American Section of the International Association for Testing Materials), que se aplica a los perfiles, placas, y barras de acero al carbono de calidad estructural para usar en construcción remachada, atornillada o soldada, en puentes y edificios, y para propósitos estructurales generales. No hay normas técnicas obligatorias para los productos de acero que se comercian en el mercado nacional, pero son una referencia que utiliza el cliente para establecer las características físicas y químicas del producto que solicita.

    d. Usos del producto

    15. La placa de acero en hoja al carbono, importada y nacional, son insumos que se utilizan para fabricar bienes intermedios y de capital, por ejemplo, tanques a presión, calderas, discos de arado, cuchillas, piezas de maquinaria y tubería, entre muchos otros.

    e. Características físicas y técnicas

    16. La placa de acero en hoja al carbono tiene las siguientes características: se fabrican a partir de aceros al carbón o comerciales, constituidos básicamente por mineral de fierro, carbón y ferroaleaciones. Generalmente tiene las siguientes dimensiones: de 0.187 a 4.5 pulgadas de espesor y hasta 120 y 480 pulgadas de ancho y largo, respectivamente.

  6. Cobertura de producto

    17. En la Resolución Final la Secretaría excluyó las siguientes mercancías de la aplicación de cuotas compensatorias, por considerar que no había productos similares de fabricación nacional:

  7. Placa en hoja con anchos mayores a 120 pulgadas, cuyo uso final no permita la utilización de placas menores y las especificaciones del producto final no permitan formados en sentido transversal al sentido de laminación.

  8. Placa en hoja con espesores mayores a 4.5 pulgadas, cuando las especificaciones del producto final únicamente permitan que se utilice placa en hoja con esas características.

  9. Placa en hoja con peso unitario mayor a 6,250 kilogramos, cuyo uso final no permita la utilización de placa en hoja con pesos menores.

  10. Placas que especifiquen tratamiento térmico en línea de producción (normalizado y/o templada y revenida), en largos mayores a 270 pulgadas, cuyo uso final únicamente admita estas especificaciones.

  11. Placas en hoja con la especificación A 516-60, con las siguientes características adicionales: normalizada y con acabado de desgasificación al vacío, con carbono máximo de 0.2 por ciento, azufre máximo de 0.005 por ciento y con carbón equivalente máximo de 0.40 por ciento, cuyo uso final únicamente admita estas especificaciones.

    18. La Secretaría así lo determinó por referencia a la resolución final de las investigaciones antidumping y antisubvención sobre las importaciones de placa de acero en hoja de Brasil, Canadá y Estados Unidos, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 1995.

  12. En la Resolución Final la Secretaría estableció:

    21. En la resolución preliminar de la presente investigación, como resultado del análisis de los argumentos y medios probatorios aportados por la solicitante y las partes comparecientes, así como de aquella que se allegó la propia autoridad investigadora, descrito en los puntos 5 al 10 de dicha resolución, la Secretaría consideró pertinente excluir provisionalmente de la cobertura del producto investigado, las mercancías para las cuales no existen...

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