Circular mediante la cual se comunica a las dependencias y entidades federales, estatales y municipales, que se encuentran disponibles ocho terrenos nacionales para ser utilizados para la atención de sus servicios. Dos ubicados en el Municipio de Lázaro Cárdenas, en el Estado de Quintana Roo, con superficies de 53-92-12 y 53-28-63 hectáreas; y seis en el Estado de Sonora, uno en el Municipio de Moctezuma, dos en Hermosillo, dos en Bacadehuachi y uno en el Municipio de Cumpas, con superficies de 2-46-75, 40-47-15, 40-65-02, 1-64-07, 2-02-70 y 2-00-41 hectáreas, respectivamente

EmisorSecretaría de la Función Pública

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria. CIRCULAR MEDIANTE LA CUAL SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES, QUE SE ENCUENTRAN DISPONIBLES OCHO TERRENOS NACIONALES PARA SER UTILIZADOS PARA LA ATENCIÓN DE SUS SERVICIOS. DOS TERRENOS NACIONALES UBICADOS EN EL MUNICIPIO DE LÁZARO CÁRDENAS, EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO, CON SUPERFICIES DE 53-92-12 HAS Y 53-28-63 HAS; Y SEIS TERRENOS NACIONALES UBICADOS EN EL ESTADO DE SONORA, UNO EN EL MUNICIPIO DE MOCTEZUMA, DOS EN HERMOSILLO, DOS EN BACADEHUACHI Y UNO EN EL MUNICIPIO DE CUMPAS, CON SUPERFICIES DE 2-46-75 HAS, 40-47-15 HAS, 40-65-02 HAS, 1-64-07 HAS, 2-02-70 HAS Y 2-00-41 HAS RESPECTIVAMENTE.

CIRCULAR

A las dependencias y entidades federales, estatales y municipales

Presentes.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37, Fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de conformidad al Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 26 fracción I, 28 fracciones III y VII, 29 fracción I, y 101 fracción X de la Ley General de Bienes Nacionales; 161 de la Ley Agraria; 109 y 112 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; 1, 3 fracciones III y XIV, y 10 fracción VII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; para los efectos que establece el Artículo Décimo Primero, numeral II, del Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal y las disposiciones 22 y 23 de los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la...

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