Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que la Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el Juicio Contencioso Administrativo número 26150/10-17-04-8 concedió la suspensión definitiva de la inhabilitación de tres meses impuesta a la empresa Aspit, S.A. de C.V., a través de la resolución emitida en el expediente CI-S-PEP-0024/2008

Fecha de disposición03 Agosto 2011
Fecha de publicación03 Agosto 2011
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Area de Responsabilidades.- Sanciones.- Expediente CI-S-PEP-0024/2008. CIRCULAR No. OIC-PEP-AR-18.575.0042/2011

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE LA CUARTA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 26150/10-17-04-8 CONCEDIO LA SUSPENSION DEFINITIVA DE LA INHABILITACION DE TRES MESES IMPUESTA A LA EMPRESA ASPIT, S.A. DE C.V., POR ESTA AREA DE RESPONSABILIDADES A TRAVES DE LA RESOLUCION EMITIDA EL TREINTA Y UNO DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ EN EL EXPEDIENTE CI-S-PEP-0024/2008.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Por acuerdo y resolución interlocutoria, ambas de fecha 1 de junio de dos mil once, la Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, otorgó en beneficio de la empresa Aspit, S.A. de C.V., la suspensión definitiva de la inhabilitación de 3 meses impuesta a dicha empresa, a través de la resolución de fecha 31 de agosto de 2010, dictada en el expediente administrativo CI-S-PEP-0024/2008, en los siguientes términos:

"...

Se concede la suspensión definitiva de las sanciones administrativa, consistente en la inhabilitación por tres meses calendario, para participar en procedimiento de contratación o celebrar contrato alguno en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas...".

Lo que se hace de su conocimiento con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37, fracciones XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 62 de la Ley...

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