Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope, en diámetros en el rango de 1/2 a 16 pulgadas, incluyendo ambas, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 7307.93.01 de la Tarifa...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope, en diámetros en el rango de 1/2 a 16 pulgadas, incluyendo ambas, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 7307.93.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE CONEXIONES DE ACERO AL CARBON PARA SOLDAR A TOPE, EN DIAMETROS EN EL RANGO DE ½ A 16 PULGADAS, INCLUYENDO AMBAS, MERCANCIA ACTUALMENTE CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 7307.93.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa procesal que nos ocupa el expediente administrativo 35/02, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Presentación de la solicitud

El 19 de diciembre de 2002, Empresas Riga, S.A. de C.V., en lo sucesivo Riga, por conducto de su representante legal, compareció ante esta Secretaría para solicitar el inicio de la investigación administrativa en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y la aplicación del régimen de cuotas compensatorias sobre las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

La solicitante manifestó que en el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2001, las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope, originarias de la República Popular China, se efectuaron en condiciones de discriminación de precios, lo que causó daño a la producción nacional de la mercancía similar y se reflejó en el deterioro de sus principales indicadores económicos, entre ellos, ventas, participación de mercado, precios y empleo, así como en sus indicadores financieros.

Empresa solicitante

Empresas Riga, S.A. de C.V., es una empresa constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilio para oír y recibir notificaciones en avenida Paseo de las Palmas número 405, colonia Lomas de Chapultepec, código postal 11000, México, D.F., cuya actividad consiste, entre otras, en la fabricación de conexiones soldables de acero al carbón mediante el proceso de forjado; estos productos se utilizan para el manejo y suministro de fluidos y se encuentran presentes en las líneas de conducción de agua, vapor, productos petroquímicos, productos químicos, productos petroleros, gas natural, así como en la conducción de cualquier otro líquido o gas transportados en sistemas de tubería industriales, sistemas de calefacción, sistemas de plomería, aire acondicionado, irrigación y otros.

Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Comercio Exterior, en lo sucesivo LCE, la solicitante manifestó que durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2001, representó el 100 por ciento de la producción nacional de conexiones de acero al carbón para soldar a tope. Para acreditar lo anterior presentó una carta de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero, en lo sucesivo CANACERO, del 3 de diciembre de 2002, indicando que de acuerdo con sus registros, Empresas Riga, S.A. de C.V., es la única productora nacional de conexiones de acero al carbono para soldar a tope en sus diferentes tipos en los Estados Unidos Mexicanos.

Información sobre el producto

  1. Descripción del producto

    La solicitante indicó que el producto objeto de esta investigación son las conexiones de acero al carbón para soldar a tope, tanto las importadas de la República Popular China como las de fabricación nacional incluyen codos, tees, reducciones y tapas, los cuales se conocen con el nombre genérico de conexiones de acero al carbón para soldar a tope (fittings en inglés), fabricados a partir de tubería de acero al carbón sin costura, seccionada a un largo preestablecido, según el tipo de conexión a fabricar, con diámetros en el rango de ½ a 16 pulgadas, incluyendo ambas. Estos productos se comercializan como accesorios para conexión de tubería, fittings, codos, tees, reducciones y tapas (los cuatro últimos en inglés elbows, tees, reducers y caps, respectivamente) o accesorios o conexiones para soldar a tope.

  2. Régimen arancelario

    De acuerdo con la nomenclatura arancelaria de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en lo sucesivo TIGIE, el producto objeto de investigación se clasifica en la fracción arancelaria 7307.93.01. La partida 7307 considera accesorios de conexiones (por ejemplo: empalmes (racores), codos, manguitos), de fundición, hierro o acero ; la subpartida 7307.93 y la fracción arancelaria 7307.93.01 los describe como accesorios para soldar a tope.

    La unidad de medida establecida en la TIGIE para la fracción arancelaria 7307.93.01 es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales se realizan normalmente en piezas. Cabe señalar que la solicitante indicó que de forma excepcional los documentos relacionados con la venta pueden indicar operaciones en toneladas.

    Conforme al Decreto que estableció la tasa aplicable para el año 2001 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de América del Norte, la Comunidad Económica Europea, Colombia, Venezuela, Costa Rica, Bolivia, Chile, Nicaragua e Israel, publicado el 29 de diciembre de 2000 en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, el arancel ad valorem al que se sujetaron las importaciones de dichos orígenes, realizadas por la fracción arancelaria 7307.93.01, se encuentra en el rango de cero a 10 por ciento, dependiendo del país de que se trate.

    Por lo que se refiere a las importaciones clasificadas en la fracción arancelaria 7307.93.01 originarias de países con los cuales no se tienen acuerdos comerciales, durante el 2000 y hasta septiembre de 2001, éstas se sujetaron a un arancel ad valorem de 18 por ciento puesto que conforme a lo establecido en el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, en lo sucesivo TIGI, publicado el 5 de septiembre de 2001 en el DOF, a partir del 6 de septiembre de 2001, las importaciones realizadas por la fracción indicada originarias de países con los que no se tienen acuerdos comerciales quedaron sujetas un arancel ad valorem de 25 por ciento y estaría vigente por un año.

  3. Características físicas y técnicas

    De acuerdo con lo manifestado por la solicitante, el producto objeto de investigación, tanto el importado de la República Popular China como la mercancía similar nacional, se fabrica a partir de secciones de tubería de acero al carbón sin costura, en diámetros que se encuentran en el rango de ½ a 16 pulgadas, incluyendo ambas.

    Riga señaló que la característica principal que define a las conexiones de acero al carbón para soldar a tope es el diámetro; por ello, los mismos tipos de conexión (codos, tees, reducciones y tapas) de diámetro exterior igual, satisfacen los mismos requerimientos de uso, aunque se fabriquen bajo normas internacionales diferentes, las cuales establecen el máximo de carbono, fósforo, azufre, manganeso, silicio y cromo que deben contener las conexiones. En ese sentido, argumentó que el producto investigado incluye los diámetros que se encuentren en el rango de ½ a 16 pulgadas, incluyendo ambas, independientemente de que estén o no regulados por normas internacionales.

    Además de ello, tanto el producto importado como el de fabricación nacional cumplen con lo establecido en normas internacionales en cuanto a especificaciones técnicas; cabe señalar que las dimensiones del producto, propiedades físicas y químicas de ductibilidad, resistencia al impacto, a cargas estáticas o dinámicas, así como de durabilidad, se encuentran determinadas por el uso final de la conexión.

  4. Proceso productivo

    La solicitante indicó que el insumo principal para la fabricación del producto objeto de esta investigación es la tubería de acero al carbón sin costura; otras materias primas son la energía eléctrica, gas natural, pinturas y barnices.

    En cuanto al proceso para la fabricación de las conexiones de acero para soldar a tope, tanto para las importadas de la República Popular China como para las de fabricación nacional, Riga manifestó que básicamente es el mismo y se realiza de la siguiente forma: en una primera etapa se corta la tubería de acero al carbono en tramos preestablecidos, de acuerdo con el tipo de conexión a fabricar; en una segunda etapa, se lleva a cabo la formación de las conexiones (codos, tees, reducciones y tapas).

    Para la formación de los codos, los tramos de tubería se hacen pasar, por medio de fuerza y calor, sobre un mandril que proporciona la forma de codo, utilizando para ello prensas hidráulicas automáticas y hornos de gas natural, a temperatura controlada con una precisión de +/- 3 grados centígrados; la producción de las tees se realiza mediante una extrusión de acero del tramo del tubo para formar el tercer ramal, utilizando para ello calor y fuerza en prensas automáticas de doble acción; por su parte, las reducciones se forman a partir de precalentar los tramos de tubería, para luego introducirlos en un molde en donde se forma la parte reducida mediante una prensa automática, posteriormente se le aplica tratamiento térmico para eliminar los esfuerzos de...

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