Circular número 09/000/002932/2005, por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Consorcio Constructor Mendoza e Hijos, S.A. de C.V
Fecha de disposición | 21 Abril 2005 |
Fecha de publicación | 21 Abril 2005 |
Materia | Derecho Mercantil y de la Empresa |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR número 09/000/002932/2005, por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Consorcio Constructor Mendoza e Hijos, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Area de Responsabilidades.- Dirección de Inconformidades y Sanciones.
CIRCULAR No. 09/000/002932/2005
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA CONSORCIO CONSTRUCTOR MENDOZA E HIJOS, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 77 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y 64 fracción I numeral 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero del oficio número 09/000/002660/2005, de fecha veintinueve de marzo del año en curso, que se dictó en el expediente número SAN/111/2004, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Consorcio Constructor Mendoza e Hijos, S.A. de C.V., esta autoridad...
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