Sentencia relativa a la Controversia Constitucional 28/2002, promovida por la Delegación Benito Juárez del Distrito Federal, en contra del Jefe de Gobierno del Distrito Federal

Fecha de disposición21 Noviembre 2003
Fecha de publicación21 Noviembre 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónSEGUNDA. Poder Judicial

SENTENCIA relativa a la Controversia Constitucional 28/2002, promovida por la Delegación Benito Juárez del Distrito Federal, en contra del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 28/2002.

ACTOR: DELEGACION BENITO JUAREZ DEL DISTRITO FEDERAL.

MINISTRO PONENTE: JUAN N. SILVA MEZA. SECRETARIOS: PEDRO ALBERTO NAVA MALAGON. LAURA GARCIA VELASCO.

México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al cuatro de noviembre de dos mil tres.

VISTOS; y, RESULTANDO:

PRIMERO.- Por oficio presentado el dos de abril de dos mil dos, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, José Espina Von Roehrich, quien se ostentó como Jefe Delegacional de la Delegación en Benito Juárez, Distrito Federal, en su representación, promovió controversia constitucional en la que demandó la invalidez de los actos que más adelante se precisan, emitidos por la autoridad que a continuación se señala:

ENTIDAD, PODER U ORGANO DEMANDADO Y SU DOMICILIO:--- Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con domicilio en Plaza de la Constitución y 5 de febrero, Colonia Centro, C.P. 06068, México, Distrito Federal.--- NORMAS GENERALES CUYA INVALIDEZ SE DEMANDA:--- a) El Acuerdo por el que se expiden las Normas Generales en Materia de Comunicación Social para la Administración Pública del Distrito Federal , publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 13 de febrero de 2002, así como el inconstitucional contenido de dichas normas.--- b) El artículo 38, fracciones I y III, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 28 de diciembre de 2000, cuyo primer acto de aplicación se produce con la expedición del Acuerdo a que se refiere el anterior inciso a) .

SEGUNDO.- En la demanda se señalaron como antecedentes los siguientes:

  1. - Con fecha 2 de julio de 2000, los ciudadanos vecinos de la Delegación Benito Juárez, de conformidad con lo ordenado por el artículo 122, Apartado C , Base Tercera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en legítimo ejercicio de la prerrogativa que les concede la fracción I del artículo 35 de la propia Ley Fundamental, eligieron en forma universal, libre, secreta y directa al Licenciado José Espina Von Roehrich como Titular del Organo Político Administrativo en la citada demarcación territorial.--- 2.- A partir de mi elección y posterior toma de protesta, procuré la debida importancia al derecho que los ciudadanos tienen a ser informados, por lo que, conjuntamente con mis colaboradores, nos empeñamos a día con día informar de nuestros programas y acciones con mayor oportunidad, veracidad y transparencia.--- 3.- Con fecha 28 de diciembre de 2000, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.--- 4.- Rendir cuentas a quienes servimos, ha sido siempre un imperativo del gobierno delegacional que encabezo.--- De tal manera, en el transcurso del ejercicio del poder hemos ido perfeccionando nuestras maneras de informar a los ciudadanos, contando a la fecha, además de con las tradicionales ruedas de prensa, entrevistas, comunicados, invitaciones, bardas, publicaciones en prensa y demás medios tradicionales para acercarnos a la ciudadanía, con los elementos siguientes:--- a) Reuniones trimestrales en cada una de las colonias que integran nuestra demarcación territorial, a las que invitamos tanto al Comité Vecinal de la colonia, como a los vecinos en general, y en las que informamos de las acciones realizadas durante el trimestre que concluye e informamos de las acciones a realizar en el trimestre que está por iniciar. De esta manera, los vecinos están enterados de lo que se hizo y lo que se dejó de hacer, con lo que están en posición de solicitar explicaciones respecto de nuestro accionar.--- b) LA COPIA.- Publicación mensual dirigida a los Comités Vecinales y vecinos que así lo soliciten, en la que se informa de temas trascendentes y de impacto social, como lo son, a manera de ejemplo, las acciones adoptadas en contra de los llamados giros negros ; el lamentable fallecimiento de un niño en la Alberca Olímpica ; etc..--- c) MI COLONIA.- Publicación mensual dirigida a todos los vecinos de la Delegación, en la que se informa de las diversas actividades y acciones del gobierno delegacional, como lo es, lo relativo al bacheo; podas; alumbrado público; actividades deportivas, culturales o de salud; asesorías jurídicas; recorridos del Jefe Delegacional; etc..--- d) ENLACE.- Publicación bimestral dirigida al personal que labora en la Delegación, en la que se tratan temas motivacionales y de superación personal, y se informa de reconocimientos a los trabajadores; jubilaciones; acciones destacadas; obituarios; información relativa al INEGI; etc..--- 5.- Con fecha 31 de diciembre de 2001, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal 2001 .--- 6.- Con fecha 13 de febrero de 2002, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo por el que se expiden las Normas Generales en Materia de Comunicación Social para la Administración Pública del Distrito Federal .--- 7.- A raíz de la publicación del Acuerdo a que se refiere el punto que antecede, este Organo Político Administrativo ha comenzado a percibir sus efectos violatorios de garantías.--- La Dirección de Difusión, dependiente de la Dirección General de Comunicación Social, del mes de febrero a la fecha de la presente controversia, no ha autorizado ni el diseño e impresión del Informe de Gobierno de esta Delegación; ni la impresión de 6 mantas para promover el desfile deportivo del 21 de marzo; ni la impresión de 3000 pósters y 10,000 volantes con motivo del Encuentro Juvenil de prevención del delito, todo ello porque el referido material no se adecua a las Normas Generales en Materia de Comunicación Social para la Administración Pública del Distrito Federal, ni a un supuesto Manual de Identidad Gráfica al que la citada dirección hace alusión en sus negativas, sin que esta Delegación siquiera tenga conocimiento de su existencia.--- Asimismo, la Dirección General de Comisarios, dependiente de la Contraloría General, ha elaborado una tabla en la que pretende explicar a las Dependencias, Organos Desconcentrados, Unidades Administrativas, Organos Político Administrativos y Entidades, la aplicación de las referidas Normas Generales en Materia de Comunicación Social para la Administración Pública del Distrito Federal, con lo que la Dependencia encargada del control y fiscalización de la Administración Pública del Distrito Federal, no hace más que sumarse al ánimo de manipular la información que las autoridades delegacionales pretendan difundir, violando además con ello, la autonomía funcional que en acciones de gobierno tienen los Organos Político Administrativos .

    TERCERO.- El promovente aduce como conceptos de invalidez los siguientes:

    PRIMERO.- El Acuerdo por el que se expiden las Normas Generales en Materia de Comunicación Social para la Administración Pública del Distrito Federal y el contenido de éstas, así como el artículo 38, fracciones I y III del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, deben ser declarados inválidos, en virtud de que al emitirlos, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal violentó lo dispuesto por el artículo 122, Apartado C , Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al extralimitarse en la facultad reglamentaria que dicho ordenamiento le concede, invadiendo la esfera de facultades que la propia Ley Suprema reserva para el Congreso de la Unión.--- El artículo 122, Apartado C , Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone lo siguiente:--- ARTICULO 122.- Definida por el artículo 44 de este ordenamiento la naturaleza jurídica del Distrito Federal;...--- La distribución de competencias entre los Poderes de la Unión y las autoridades locales del Distrito Federal se sujetará a las siguientes disposiciones:--- A.- Corresponde al Congreso de la Unión:..--- B.- Corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos:...--- C.- El Estatuto de Gobierno del Distrito Federal se sujetará a las siguientes bases:--- ...--- ...Base Segunda.- Respecto al Jefe de Gobierno del Distrito Federal:- -- I.- ...--- II.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal tendrá las facultades y obligaciones siguientes:--- a) ...--- b) Promulgar, publicar y ejecutar las leyes que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos. Asimismo, podrá hacer observaciones a las leyes que la Asamblea Legislativa le envíe para su promulgación, en un plazo no mayor de diez días hábiles. Si el proyecto observado fuese confirmado por mayoría calificada de dos tercios de los Diputados presentes, deberá ser promulgado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal;... .--- En las disposiciones generales cuya invalidez se demanda, el Jefe de Gobierno pasa por alto las limitaciones que tiene para ejercer la facultad reglamentaria que el referido mandato constitucional le otorga, al olvidar que la función de los reglamentos es la de hacer posible la aplicación de los preceptos contenidos en una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR