Convenio de Coordinación Marco que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Campeche, para conjuntar acciones y recursos con el objeto de apoyar a productores rurales de bajos ingresos que cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Fondo...

Fecha de disposición21 Septiembre 2007
Fecha de publicación21 Septiembre 2007
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación Marco que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Campeche, para conjuntar acciones y recursos con el objeto de apoyar a productores rurales de bajos ingresos que cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en las Reglas de Operación del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC) en dicha entidad federativa como parte del Programa de dicho Fondo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

CONVENIO DE COORDINACION MARCO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO LA SECRETARIA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ING. ALBERTO CARDENAS JIMENEZ, SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION, ASISTIDO POR ING. ANTONIO RUIZ GARCIA, SUBSECRETARIO DE DESARROLLO RURAL; LIC. JOSE DE JESUS LEVY GARCIA, OFICIAL MAYOR; C. EDGAR ESTEBAN RICHAUD LARA, DELEGADO ESTATAL DE LA SAGARPA, Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO EL GOBIERNO DEL ESTADO, REPRESENTADO POR C.P. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, ASISTIDO POR MTRO. RICARDO MIGUEL MEDINA FARFAN, SECRETARIO DE GOBIERNO, C.P. VICTOR SANTIAGO PEREZ AGUILAR, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION; LIC. MARGARITA ALFARO WARING, SECRETARIA DE LA CONTRALORIA; LIC. EDILBERTO ROSADO MENDEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL, PARA CONJUNTAR ACCIONES Y RECURSOS CON EL OBJETO DE APOYAR A PRODUCTORES RURALES DE BAJOS INGRESOS QUE CUMPLAN CON LOS CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD ESTABLECIDOS EN LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO PARA ATENDER A LA POBLACION RURAL AFECTADA POR CONTINGENCIAS CLIMATOLOGICAS (FAPRACC) EN EL ESTADO DE CAMPECHE COMO PARTE DEL PROGRAMA DEL FAPRACC, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

ANTECEDENTES

Que conforme a la Ley General de Protección Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil dispone que ante una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de coordinación deberán actuar en forma conjunta y ordenada. Asimismo, cuando la capacidad financiera de las entidades federativas y de sus municipios para la atención de un desastre severo haya sido superada, esas podrán solicitar el apoyo complementario al Gobierno Federal para tales efectos, quien actuará a través de las instancias federales que resulten competentes.

En cumplimiento a lo establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2001, en su artículo 129, donde se establece que el Gobierno Federal creará un fondo administrado y operado con criterios de equidad social con la participación de los Gobiernos de las entidades federativas para apoyar a los productores afectados por Contingencias Climatológicas a fin de atender los efectos negativos provocados por las mismas y reincorporarlos a la actividad productiva.

Con base en las Reglas de Operación del Programa del Fondo para Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas (FAPRACC) vigentes, las partes tienen a bien establecer el presente Convenio de Coordinación como un instrumento jurídico de los componentes de apoyo que ofrece el FAPRACC.

DECLARACIONES

1. DE LA SECRETARIA

• Que es una dependencia del Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

• Que tiene entre sus atribuciones: formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural y administrar y fomentar las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y acuícolas, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentes.

• Que los C.C. Secretario del Despacho, Subsecretario de Desarrollo Rural, Oficial Mayor y Delegado Estatal, están facultados para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6o. fracción XIX, 8o. fracciones XIII y XIV, 9o. fracción XIII, 18 fracción IV y 23 fracciones III y VIII, 34 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

• Que señala como su domicilio para todos los efectos legales de este Convenio, el ubicado en Municipio Libre número 377, 3er. piso B, colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, código postal 03310 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

2. DEL GOBIERNO DEL ESTADO

Que de conformidad con los artículos 40 y...

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