Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Campeche, para la operación del Registro Público de Comercio

Fecha de disposición07 Junio 2002
Fecha de publicación07 Junio 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Campeche, para la operación del Registro Público de Comercio.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CONVENIO DE COORDINACION PARA LA OPERACION DEL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA SECRETARIA REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. DR. LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA Y POR EL LIC. JUAN ANTONIO GARCIA VILLA, SUBSECRETARIO DE NORMATIVIDAD Y SERVICIOS A LA INDUSTRIA Y AL COMERCIO EXTERIOR, Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CAMPECHE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL ESTADO , REPRESENTADO POR LOS C.C. L.A. JOSE ANTONIO GONZALEZ CURI, Y LIC. CARLOS FELIPE ORTEGA RUBIO EN SU CARACTER DE GOBERNADOR Y SECRETARIO DE GOBIERNO, RESPECTIVAMENTE, CON LA PARTICIPACION DEL C. C.P. VICTOR SANTIAGO PEREZ AGUILAR, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL ESTADO, CONFORME A LOS CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

CONSIDERANDOS

Que el artículo 116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la Federación y los Estados, en términos de ley, podrán convenir la prestación de servicios públicos;

Que en términos de lo dispuesto en los artículos 18 del Código de Comercio, 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quinto transitorio del Decreto que reforma y adiciona a esta última, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre del año 2000, la operación del Registro Público de Comercio está a cargo de la Secretaría de Economía y de las autoridades responsables del Registro Público de la Propiedad en los Estados y en el Distrito Federal, en los términos señalados por el mismo Código y de los convenios de coordinación que se suscriban conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, publicado el 30 de mayo de 2001, dentro de su objetivo rector para elevar y extender la competitividad del país señala como estrategia para crear infraestructura y servicios públicos de calidad, el continuar con la modernización de los registros públicos de la propiedad y de comercio y buscar el intercambio interinstitucional de información, y

Que para instrumentar y dar aplicación al contenido de las disposiciones del capítulo II del título segundo del libro primero del Código de Comercio en materia de Registro Público de Comercio, así como para precisar las facultades y obligaciones que en esta materia corresponden a EL ESTADO en términos de las disposiciones antes citadas, LA SECRETARIA y EL ESTADO acuerdan celebrar el presente Convenio de coordinación, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

  1. De LA SECRETARIA

    1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia del Ejecutivo Federal, con las atribuciones que le confiere el artículo 34 del propio ordenamiento legal.

    2. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 18 del Código de Comercio y en ejercicio de las atribuciones que le otorgan las disposiciones jurídicas que regulan su actuación, es su interés coordinarse con las entidades federativas para el establecimiento y operación del Registro Público de Comercio.

    3. El Dr. Luis Ernesto Derbez Bautista, Secretario de Economía, y el Lic. Juan Antonio García Villa, Subsecretario de Normatividad y Servicios a la...

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