Convenio de Colaboración Administrativa para el establecimiento y operación de una Oficina Municipal de Enlace en el Municipio de Luvianos, Estado de México, que celebran la Secretaría de Relaciones Exteriores y dicho municipio.

Fecha de disposición19 Diciembre 2019
Fecha de publicación19 Diciembre 2019
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- RELACIONES EXTERIORES.- Secretaría de Relaciones Exteriores. CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE UNA OFICINA MUNICIPAL DE ENLACE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES EN EL MUNICIPIO DE LUVIANOS, ESTADO DE MÉXICO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL C. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C. JOSÉ ANTONIO DOMÍNGUEZ CARBALLO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA DEPENDENCIA Y EL C. CARLOS ALFONSO CANDELARIA LÓPEZ, DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES; Y POR LA OTRA PARTE, EL MUNICIPIO LUVIANOS, ESTADO DE MÉXICO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINA "EL AYUNTAMIENTO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. ALFREDO JAIMES BENÍTEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL CUAL SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL SINDICO DEL AYUNTAMIENTO, LA C. MARÍA DEL CARMEN ARACELI OLIVARES OROZCO, A QUIENES DE FORMA CONJUNTA SE DENOMINARÁN COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, "LA SECRETARÍA" realizará sus actividades de manera programada, tomando en cuenta las políticas, prioridades y modalidades que para el logro de objetivos y metas dicte el titular del Ejecutivo Federal.

SEGUNDO.- Que de conformidad con los artículos 2, fracciones IV y V y 4, de la Ley de Planeación; es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo, misma que tiene dentro de sus principios el respeto irrestricto de las garantías individuales y de las libertades y derechos sociales, políticos y culturales; así como el fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional.

TERCERO.- Que el artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad de Viaje establece que en territorio nacional, se podrán autorizar Oficinas Municipales y Estatales de Enlace para su tramitación mediante convenios de colaboración administrativa.

CUARTO.- En términos de lo dispuesto en el artículo 7 del Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015; mediante el oficio S/N de fecha 16 de abril de 2019, acusado de recibo el 24 de abril del 2019, "EL AYUNTAMIENTO" presentó ante la Dirección General de Delegaciones la solicitud para el establecimiento de una Oficina Municipal de Enlace en el Municipio de Luvianos, Estado de México.

Por lo anterior, previas las acciones de verificación respectivas, el día 12 de Septiembre de 2019, la Dirección General de Delegaciones envió a la Unidad de Administración y Finanzas la dictaminación favorable, a fin de continuar con los trámites para obtener la autorización correspondiente para la apertura de una Oficina de Enlace.

Que mediante el oficio UAF/04045/2019 de fecha 20 de septiembre de 2019, la Unidad de Administración y Finanzas consideró procedente la apertura de una Oficina Municipal de Enlace con sede en el Municipio de Luvianos, perteneciente al Estado de México.

QUINTO.- "EL AYUNTAMIENTO" en este acto manifiesta que es su deseo brindar el apoyo necesario para el funcionamiento de la Oficina Municipal de Enlace con "LA SECRETARÍA", por lo que "LAS PARTES" se encuentran dispuestas a suscribir el presente instrumento al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARÍA" DECLARA QUE:

    I.1.- Es una dependencia de la Administración Pública Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2.- En términos de lo dispuesto por los artículos 28, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 6 y 7, fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el C. Marcelo Luis Ebrard Casaubon, cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.

    I.3.- Las Oficinas Municipales de Enlace con la Secretaría de Relaciones Exteriores son oficinas administrativas que dependen económica y administrativamente de una Entidad Federativa o Municipio, según sea el caso, cuyo establecimiento y operación se autoriza por la Secretaría de Relaciones Exteriores mediante la suscripción de un Convenio de Colaboración Administrativa, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos para el establecimiento y operación de Oficinas Estatales y Municipales de Enlace autorizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2015.

    I.4.- El artículo 3 del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, establece que "LA SECRETARÍA" podrá habilitar unidades móviles u Oficinas Municipales de Enlace para su tramitación mediante la firma de convenios de colaboración administrativa.

    I.5.- Asimismo, el artículo 11, fracción XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, establece que el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, tendrá la facultad de someter a consideración del Secretario de Relaciones Exteriores, la apertura o cierre de Oficinas Municipales de Enlace con la justificación que para tal efecto prepare la Dirección General de Delegaciones.

    I.6.- De conformidad con el artículo 35, fracciones VIII y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores corresponde a la Dirección General de Delegaciones, proponer la creación de Oficinas Municipales de Enlace, así como promover y coordinar el programa de desconcentración administrativa de los servicios que presta la Secretaría, a través del establecimiento de delegaciones y subdelegaciones, que podrán auxiliarse de Oficinas Municipales de Enlace estatales o municipales, mediante la suscripción de convenios de colaboración administrativa, conforme a la normatividad aplicable.

    I.7.- Señala como domicilio legal el ubicado en Plaza Juárez número 20 Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México, el cual consigna para los fines y efectos legales del presente Convenio de Colaboración Administrativa.

  2. "EL AYUNTAMIENTO" DECLARA QUE:

    II.1.- Es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

    II.2.- Mediante Sesión Solemne de Cabildo de fecha 10 de diciembre de 2018, quedó instalado legalmente el C. Alfredo Jaimes Benítez como Presidente Municipal Constitucional de Luvianos, Estado de México, para el periodo comprendido desde el 1 de Enero del 2019 hasta el 31 de Diciembre del 2022.

    II.3.- De acuerdo a la constancia de mayoría expedida por el Instituto Electoral del Estado de México No.8, de fecha 04 de Julio del 2018; la cual acredita al C. Alfredo Jaimes Benítez como Presidente Electo del Ayuntamiento de Luvianos, habiendo tomando protesta del cargo el día 10 de diciembre de 2018; así mismo en la Primer Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 01 de Enero del 2019, se facultó al Presidente Municipal Constitucional en unión a la Sindica Municipal a suscribir el presente Convenio en representación "EL AYUNTAMIENTO".

    II.4.- El C. Alfredo Jaimes Benítez, en unión a la Sindica Municipal fueron autorizados, en la Primer Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 1 de Enero del 2019 para suscribir el presente Convenio en términos con lo estipulado con fundamento en el artículo 31 Fracción, XXXIX de la Ley Orgánica Municipal de Luvianos del Estado de México.

    II.5.- Se designa a la Oficina Municipal de Enlace Luvianos, a través de su Titular, como el área responsable, de vigilar y dar cumplimiento al presente Convenio de Colaboración Administrativa.

    II.6.- Es su voluntad colaborar con "LA SECRETARÍA", en el despacho de los asuntos que son de su competencia, en beneficio de los habitantes del Municipio de Luvianos, Estado de México.

    II.7.- Cuenta con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para la operación de las Oficinas Municipales de Enlace.

    II.8.- Señala como domicilio legal y para oír y recibir todo tipo de documentos y notificaciones, relacionados con el Convenio que nos ocupa el ubicado en: calle Plaza Venustiano Carranza, No. 1 Colonia Centro C.P 51440 Municipio de Luvianos, Estado de México.

  3. "LAS PARTES" DECLARAN QUE:

    III.1.- Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, así como las facultades o atribuciones con las que cuentan para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.

    III.2.- Tienen interés y es su voluntad celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa para contribuir a sus objetivos comunes.

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.- El objeto del presente Convenio de Colaboración es establecer las acciones y mecanismos de coordinación y cooperación entre "LA SECRETARÍA" y "EL AYUNTAMIENTO", para la apertura, funcionamiento, acondicionamiento y supervisión de una Oficina Municipal de Enlace con "LA SECRETARÍA" en el Municipio de Luvianos, Estado de México, cuyo único fin es apoyar a la Delegación de "LA SECRETARÍA" en el Municipio de Luvianos, para la recepción de documentos y entrega de pasaportes ordinarios, así como de otros servicios competencia de "LA SECRETARÍA" y que la misma determine como necesaria la coadyuvancia de la autoridad local, para el cumplimiento de los planes y programas de la...

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