Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y PERAJ México, A.C., para el desarrollo del proyecto denominado PERAJ-ADOPTA UN AMIG@ 2018, en el marco del Programa Nacional de Becas.

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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y PERAJ México, A.C., para el desarrollo del proyecto denominado PERAJ-ADOPTA UN AMIG@ 2018, en el marco del Programa Nacional de Becas. CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. RODOLFO TUIRÁN GUTIÉRREZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, PERAJ MÉXICO, A.C., EN LO SUCESIVO "LA ASOCIACIÓN" REPRESENTADA POR EL FÍS. ARMANDO JINICH RIPSTEIN, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- Los programas de acompañamiento escolar han demostrado ser una estrategia invaluable para incidir en la superación de los niños en las áreas de autoestima, competencias sociales y desempeño académico, así como en evitar conductas antisociales y deserción escolar.

Quinto.- Uno de los programas de acompañamiento escolar más exitoso a nivel mundial es el Proyecto Peraj, que se encuentra operando desde hace 40 años en Israel y cuyo promotor y representante en México es "Peraj México, A.C". El proyecto consiste en que jóvenes universitarios funjan como tutores de niños entre 8 y 12 años de edad, apoyándolos para desarrollar su potencial.

Sexto.- En México el programa se ha introducido con el nombre de PERAJ-ADOPTA UN AMIG@, consiste en que un alumno universitario se convierte en tutor modelo a seguir por el niño, al mismo tiempo este alumno participa en un espacio donde puede desarrollar su compromiso social y enriquece su formación humanística.

Séptimo.- Con fecha 28 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 23/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2018, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "LA ASOCIACIÓN":

    II.1.- Que es una Asociación Civil legalmente constituida de acuerdo con las leyes mexicanas, lo que se acredita con el Testimonio de la Escritura Pública No. 307,958 de fecha 29 de septiembre de 2010, otorgada ante la fe del Lic. Tomás Lozano Molina, Notario Público No. 10 del Distrito Federal, inscrita en el Folio Real No. 94055 en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal.

    II.2.- Que el Fís. Armando Jinich Ripstein, en su carácter de Presidente del Consejo Directivo, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio, de conformidad con el Testimonio de la Escritura Pública No. 307,958 de fecha 29 de septiembre de 2010, facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido modificadas ni revocadas.

    II.3.- Que tiene por objeto: Apoyar el desarrollo personal y educativo de personas, sectores y regiones de escasos recursos, comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, a través de la realización de las siguientes acciones, las cuales son enunciativas, pero no limitativas: I. Apoyar el desarrollo educativo, afectivo, social y cultural de niños y jóvenes mexicanos; II. Favorecer el desarrollo integral de niños en situación de vulnerabilidad a través del acompañamiento adicional al del entorno familiar y educativo, promoviendo y supervisando el establecimiento de una relación personal con un tutor universitario que le sirve de modelo positivo a seguir y que ayude a desarrollar el potencial del niño.

    II.4.- Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil con la Clave Única de Inscripción en el Registro (CLUNI) No. PME10093009011, la cual se encuentra vigente.

    II.5.- Que para los efectos legales de este instrumento señala como su domicilio el ubicado en calle Gobernador Melchor Múzquiz 15-403, colonia San Miguel Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11850, en la Ciudad de México.

    Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2018, a "LA ASOCIACIÓN" para el otorgamiento de hasta 1,500 (mil quinientas) Becas de Servicio Social, en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "PERAJ-ADOPTA UN AMIG@ 2018", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.

    SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018, a "LA ASOCIACIÓN", para que administre y distribuya la cantidad de $8'000,000.00 (Ocho Millones de Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico a los(as) estudiantes que se encuentren inscritos en el "Programa";

    B).- Coordinarse con "LA ASOCIACIÓN" por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;

    C).- Asesorar a "LA ASOCIACIÓN", respecto de lo previsto en...

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