Convenio de Colaboración y Coordinación de Acciones que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, con el objeto de conservar, reconstruir y ampliar los tramos Periférico Manuel Ávila Camacho desde el Toreo de Cuatro Caminos en Naucalpan a Valle Dorado en Tlalnepantla (km. 23+000 de la Autopista México-Querétaro) y del km. 23+000 al km. 44+000 de la Autopista México-Querétaro, en Tepotzotlán (Tepalcapa), Estado de México.

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EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN DE ACCIONES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EL C. INGENIERO JORGE ARGANIS DÍAZ LEAL; CON LA INTERVENCIÓN DE LOS CC. INGENIEROS CÉDRIC IVÁN ESCALANTE SAURI, RICARDO ERAZO GARCÍA CANO Y GERARDO MICHEL CUEN, EN SU CALIDAD DE SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO Y COORDINADOR DE PROGRAMAS Y PROYECTOS INTERINSTITUCIONALES DE DICHA DEPENDENCIA, RESPECTIVAMENTE; A QUIENES PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. LIC. ERNESTO JAVIER NEMER ÁLVAREZ, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Y POR LOS CC. LICENCIADO LUIS GILBERTO LIMÓN CHÁVEZ, LICENCIADO ALBERTO TOMÁS ANGULO LARA Y MAESTRO JORGE JOAQUÍN GONZÁLEZ BEZARES, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO DE MOVILIDAD, DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO Y DIRECTOR GENERAL DE LA JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO, RESPECTIVAMENTE; A QUIENES PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE DOCUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GEM", Y CUANDO SE MENCIONEN DE FORMA CONJUNTA SE DENOMINARÁN "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

1o. Con fecha 26 de mayo de 1983, se llevó a cabo la entrega por parte del Organismo Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicio Conexos a la Junta Local de Caminos del Estado de México, del Ramal Ceylán-Vallejo correspondiente al tramo de carretera de cuota México-Querétaro, denominado Toreo (Lim. D.F./Edo. de México)-Planta Ford, comprendido entre los kilómetros 11+280 al 33+000; así como los Entronques San Joaquín; Tacuba, Naucalpan, Lomas Verdes, Electricistas, Santa Mónica, Tlalnepantla, Arboledas, Ceylán-Vallejo, Barrientos, Lechería I, Lechería II, Lago de Guadalupe y Tepalcapa, según consta en el Acta correspondiente de esa misma fecha.

En dicha Acta, se asentó como antecedente el Convenio de fecha 14 de septiembre de 1981, celebrado entre la entonces Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, hoy Secretaría de Comunicaciones y Transportes cabeza del Sector y el Gobierno del Estado de México, así como los oficios de la Dirección General de Conservación de Obras Públicas de dicha dependencia federal números 3070-006956 de fecha 21 de octubre de 1982 y 3070-163.-007605 de fecha 25 de noviembre de 1982 y un acta de fecha 29 de noviembre de 1982.

2o. La Autopista México-Querétaro en términos de lo dispuesto por los artículos 1o. y 2 fracción I de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, es una vía general de comunicación de jurisdicción federal; razón por la cual el Gobierno Federal, a través de esta Secretaría, ha ejecutado diversos actos administrativos para su construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento, en los términos que a continuación se señalan:

3o. Con fecha 27 de mayo de 1997, se otorgó una concesión en favor del Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicio Conexos (CAPUFE), para operar, explotar, conservar y mantener el tramo Tepotzotlán-Palmillas de la Carretera Federal número 57D de 115.142 kilómetros de longitud, que comprende del km. 32+858 al km. 148+000 con origen en la Ciudad de México, ubicado en los Estados de México, Hidalgo y Querétaro, así como para operar, explotar, conservar y mantener el tramo de seis carriles de Palmillas-Querétaro de las carreteras federales 45 y 57 de 60.312 kilómetros de longitud del km. 156+288 (punto equivalente al km. 148+000 del tramo Tepotzotlán-Palmillas) al km 216+600 ubicado en el Estado de Querétaro.

4o. Con fecha 26 de septiembre de 2002, CAPUFE y la Secretaría, formalizaron el Convenio de Terminación Anticipada de la concesión respectiva, estableciendo que el primero haría la entrega de los tramos carreteros y de todos los bienes afectos a los mismos.

5o. Con fecha 1 de octubre de 2002, se llevó a cabo la entrega-recepción simultánea en donde CAPUFE entregó a la Secretaría el tramo Tepalcapa-Palmillas de la carretera número 57D, de 115.142 kilómetros de longitud, que comprende del km 32+858 al km 148+000 con origen en la Ciudad de México, ubicado en los Estados de México, Hidalgo y Querétaro y del tramo Palmillas-Querétaro, de las carreteras federales números 45 y 57 con una longitud de 59.330 kilómetros que comprende del km 156+288 (punto equivalente al km. 148+000 del tramo Tepalcapa-Palmillas) al km 216+600 ubicado en el Estado de Querétaro, y a su vez, la Secretaría entrega dichos tramos a Banco Nacional

de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., y finalmente Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., entrega a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos como operador el multicitado tramo, con los derechos de vía y sus servicios auxiliares.

6o. Con esa misma fecha el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorgó el Quinto Adendum y Modificación al Título de Concesión que había otorgado con fecha 31 de agosto de 1997 al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución Fiduciaria en el FARAC, con el propósito, entre otros de agregar a dicha concesión la explotación, operación, conservación y mantenimiento del tramo federal de cuota Tepalcapa-Palmillas de la carretera número 57D, de 115.142 kilómetros de longitud, que comprende del km 32+858 al km 148+000 con origen en la Ciudad de México, ubicado en los Estados de México, Hidalgo y Querétaro y del tramo Palmillas-Querétaro, de las carreteras federales números 45 y 57 con una longitud de 59.330 kilómetros que comprende del km 156+288 (punto equivalente al km. 148+000 del tramo Tepalcapa-Palmillas) al km 216+600 ubicado en el Estado de Querétaro.

7o. A fin de reacondicionar el Periférico Norte y parte de su prolongación con la Autopista México-Querétaro en territorio del Estado de México, desde el Toreo de Cuatro Caminos hasta Tepotzotlán, utilizando su actual derecho de vía para incrementar su capacidad vehicular mediante la construcción de un viaducto elevado que suministre seis carriles de circulación adicionales con características de vialidad de altas especificaciones con cobro de peaje, "EL GEM" publicó el 23 de octubre de 2007 en la "Gaceta del Gobierno" la Convocatoria de la Licitación pública No. SCEM-CCA-01-07, para el otorgamiento de la Concesión para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento del viaducto elevado en los tramos: Periférico Manuel Ávila Camacho desde el Toreo de Cuatro Caminos en Naucalpan a Valle Dorado en Tlalnepantla (Km. 23+000 de la Autopista México-Querétaro) y del Km. 23+000 al km. 44+000 de la Autopista México-Querétaro, en Tepotzotlán (Tepalcapa).

8o. Con fecha 7 de mayo de 2008 "EL GEM", por conducto de la Secretaría de Comunicaciones, otorgó una concesión en favor de Viaducto Bicentenario, S.A. de C.V., para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento del Viaducto Bicentenario (Viaducto elevado en los tramos Periférico Manuel Ávila Camacho desde el Toreo de Cuatro Caminos en Naucalpan a Valle Dorado en Tlalnepantla ( km. 23+000 de la Autopista México-Querétaro) y del km. 23+000 al km. 44+000 de la Autopista México-Querétaro, en Tepotzotlán (Tepalcapa), de conformidad con el artículo 7.7 del Código Administrativo del Estado de México y el artículo 32 primer párrafo fracciones I, V, VIII y XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, vigentes al momento en que se otorgó la concesión referida

9o. Mediante Oficio No. 3.4.-0430 de fecha 6 de marzo de 2020, la Secretaría notificó a "EL GEM" el procedimiento de inicio de la sanción que corresponda por su posible incumplimiento de las obligaciones contenidas en los artículos 5, fracción III, 8, fracción IX, 28 y 74, fracción V de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 7, fracción XI, 8, 16, 28, fracción V y 72 de la Ley General de Bienes Nacionales; 8 de la Ley de Vías Generales de Comunicación y 5, fracción V del Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas.

10o. Mediante Oficio No. 213A00000-035/2020 de fecha 25 de agosto de 2020, "EL GEM", por conducto de la Secretaría de Comunicaciones, dio respuesta al oficio referido en el numeral anterior y, entre otros aspectos, expuso lo siguiente: (i) que no ha lugar la imposición de sanciones puesto que la autopista México-Querétaro, en el tramo Toreo-Tepalcapa, le fue entregado al Gobierno del Estado de México en 1983; (ii) que dicha entrega estuvo precedida de un convenio celebrado entre la Federación través de la entonces Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas (hoy Secretaría de Comunicaciones y Transportes) y "EL GEM" en términos del artículo 149 de la Ley de Vías Generales de Comunicación que implicó la asunción por parte del Estado de México de facultades que correspondían a la Federación, lo que ocurrió en un marco de coordinación, y (iii) que la entrega constituye un poder jurídico y de hecho más amplio que el que derivaría de una concesión, pues implica que la Federación cede al Estado de México sus funciones para que éste la lleve a cabo. Implicó también que el Estado de México asumió esas funciones no en búsqueda de un beneficio derivado de la explotación del camino, sino como corresponsabilidad en la prestación de un servicio público.

En...

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