Convenio de Colaboración para la interconexión entre los Sistemas Tecnológicos de Gestión Jurisdiccional, que celebran, por una parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal y, por la otra, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

EdiciónMatutina
EmisorSuprema Corte de Justicia de la Nación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA INTERCONEXIÓN ENTRE LOS SISTEMAS TECNOLÓGICOS DE GESTIÓN JURISDICCIONAL QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO "LA SCJN" Y EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, EN LO SUCESIVO "EL CJF" REPRESENTADOS EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE, EL MINISTRO ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, Y POR LA OTRA, LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EN LO SUCESIVO "LA SHCP", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL MAESTRO ARTURO HERRERA GUTIÉRREZ, A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

A partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante Ley de Amparo), se busca implementar mecanismos de protección, seguridad, eficiencia y prontitud en la impartición de justicia, en beneficio de las y los gobernados, y para ello, se generó la necesidad de crear un Sistema Electrónico, dependiente del Poder Judicial de la Federación, donde se registrarán cada uno de los expedientes digitales, de conformidad con el numeral 3 de la citada ley, en correlación con su artículo transitorio décimo primero en los que se determina que la Firma Electrónica que establezca el Poder Judicial de la Federación será el medio de ingreso a dicho sistema electrónico y producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, como opción para enviar y recibir promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales.

Derivado de lo anterior, el 8 de julio de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General Conjunto número 1/2013 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y del Consejo de la Judicatura Federal, mismo que establece en sus artículos 1, 2 fracciones V y VII, 12, 15 y 16, las bases para la integración, consulta y almacenamiento de los expedientes electrónicos en la "LA SCJN" y en los órganos administrativos y jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, a efecto de que, el sistema de integración de los mismos, permita a los servidores públicos encargados, la mayor diligencia y cuidado respecto de los datos personales de las partes en materia de información pública, previendo los medios para su acceso y visualización.

El 23 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican, el cual, de conformidad con los criterios de eficiencia, honestidad, austeridad y justicia, propone la aplicación urgente y categórica de diversas medidas de austeridad al interior de las dependencias de la Administración Pública Federal, de las cuales forma parte "LA SHCP", entre dichas medidas se encuentra no ejercer el 75% del presupuesto disponible de las partidas de servicios generales y materiales y suministros.

El 28 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo General número 9/2020, de veintiséis de mayo de dos mil veinte, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regula la integración de los expedientes impreso y electrónico en los asuntos de la competencia de este Alto Tribunal, salvo en controversias constitucionales y en acciones de inconstitucionalidad, así como el uso del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para la promoción, trámite, consulta, resolución y notificaciones por vía electrónica en los expedientes respectivos (en adelante Acuerdo General 9/2020).

Dicho acuerdo, prevé la celebración de convenios entre la "LA SCJN" con órganos del Estado a fin de que exista intercomunicación o interconexión a través del MINTERSCJN o de diversa funcionalidad electrónica mediante el uso de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL) o de distinta firma electrónica; sin menoscabo de los convenios que celebre el Poder Judicial de la Federación en su conjunto con dichos órganos, de conformidad con el artículo 12, último párrafo, del mencionado acuerdo.

El 12 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo General número 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los Órganos Jurisdiccionales a

cargo del propio Consejo (en adelante, Acuerdo General 12/2020), el cual tiene por objeto, entre otras cosas, la integración de los expedientes electrónicos y la utilización de videoconferencias para el desahogo de audiencias y diligencias judiciales en los asuntos que son competencia de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación a cargo del Consejo de la Judicatura Federal; la actuación desde el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, permitiendo la promoción, trámite, consulta, resolución y notificación por vía electrónica, al igual que la celebración de audiencias y otras diligencias que puedan desahogarse a distancia, mediante el uso de videoconferencias, así como la posibilidad de celebrar convenios con órganos del Estado que figuren como partes en los procedimientos jurisdiccionales, a fin de que exista intercomunicación o interconexión entre el Portal de Servicios en Línea y sus respectivos sistemas.

En ese sentido, la celebración del presente convenio de colaboración permitirá establecer las bases para realizar la interconexión entre los Sistemas Electrónicos de "LA SCJN", de "EL CJF" y de "LA SHCP", atendiendo a las innovaciones tecnológicas y a la experiencia obtenida en el uso de las respectivas herramientas informáticas, en la totalidad de los asuntos competencia de la "LA SCJN", y de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación a cargo de "EL CJF", salvo en controversias...

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