Convenio de Colaboración que en el marco de la Ley de Seguridad Nacional celebran el Gobierno Federal y el Estado de Chihuahua

EmisorSecretaría de Gobernación

CONVENIO de Colaboración que en el marco de la Ley de Seguridad Nacional celebran el Gobierno Federal y el Estado de Chihuahua.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Centro de Investigación y Seguridad Nacional.

CONVENIO DE COLABORACION QUE EN EL MARCO DE LA LEY DE SEGURIDAD NACIONAL, CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL, EN ADELANTE EL GOBIERNO FEDERAL, REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE GOBERNACION EN SU CARACTER DE SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL, EL C. CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO DE INVESTIGACION Y SEGURIDAD NACIONAL, C. JAIME DOMINGO LOPEZ BUITRON, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, EN LO SUCESIVO EL GOBIERNO ESTATAL, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, C. JOSE REYES BAEZA TERRAZAS, ASISTIDO DEL C. FERNANDO RODRIGUEZ MORENO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

1.- Declara EL GOBIERNO FEDERAL, a través de su representante:

1.1.- Que de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Seguridad Nacional, para la coordinación de acciones orientadas a preservar la seguridad nacional se establece el Consejo de Seguridad Nacional;

1.2.- Que el Secretario de Gobernación, como Integrante del Consejo de Seguridad Nacional funge como Secretario Ejecutivo de dicho Consejo;

1.3.- Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, en los términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

1.4.- Que el Secretario de Gobernación, en su carácter de Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional tiene atribuciones para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo señalado en el artículo 14 de la Ley de Seguridad Nacional, así como en los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, así como de conformidad con lo acordado por el Consejo de Seguridad Nacional con fecha 6 de abril de 2005;

1.5.- Que el Director General del Centro de Investigación y Seguridad Nacional es integrante del Consejo de Seguridad Nacional en términos del artículo 12, fracción XI de la Ley de Seguridad Nacional, y

1.6.- Señala como su domicilio para efectos de cualquier tipo de notificación relacionada con el objeto de este Convenio, el ubicado en Bucareli número 99, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc en México, Distrito Federal.

2.- Declara EL GOBIERNO ESTATAL, a través de su representante:

2.1.- Que el Estado de Chihuahua es una entidad federativa, parte integrante del Estado Mexicano, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como un Gobierno Republicano, representativo y popular en los términos de lo establecido por los artículos 42 y 43 de la Constitución Federal y 1, 2, 3, 30 y 31, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua;

2.2.- Que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, establece en su artículo 24 que para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de orden administrativo, el Poder Ejecutivo del Estado, contará, entre otras Dependencias, con la Secretaría General del Gobierno;

2.3.- Que los artículos 97 de la Constitución Política...

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