Convenio de Coordinación para dar cumplimiento al contenido del Anexo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Gobierno del Distrito Federal

Fecha de disposición31 Mayo 2013
Fecha de publicación31 Mayo 2013
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CONVENIO DE COORDINACION PARA DAR CUMPLIMIENTO AL CONTENIDO DEL ANEXO 30 DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, EN LO SUCESIVO "LA SEMARNAT", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL ING. JUAN JOSE GUERRA ABUD, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR LA DRA. IRMA ADRIANA GOMEZ CAVAZOS, OFICIAL MAYOR DE "LA SEMARNAT", Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR SU JEFE DE GOBIERNO, EL DR. MIGUEL ANGEL MANCERA ESPINOSA, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR HECTOR SERRANO CORTES, SECRETARIO DE GOBIERNO, EL MTRO. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, SECRETARIO DE FINANZAS, Y LA M. EN C. TANYA MÜLLER GARCIA, SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE, CON LA INTERVENCION DEL LIC. MIGUEL ANGEL CANCINO AGUILAR, PROCURADOR AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN ADELANTE "LA PAOT", QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, en el "ANEXO 30. DISTRIBUCION DEL PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES", asigna recursos a 32 entidades federativas por un monto de $1'513,214,598.00 (un mil quinientos trece millones doscientos catorce mil quinientos noventa y ocho pesos 00/100 M.N.).

  2. La Ley de Planeación, establece en su artículo 3o., que la planeación nacional de desarrollo es la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen; y que mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución; se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

  3. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, establece en su artículo Primero el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre y dispone que la Cruzada contra el Hambre es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance, cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales; para el cumplimiento de los objetivos previstos en el propio Decreto.

  4. El Estado debe favorecer y estimular el tránsito de México hacia el desarrollo sustentable, para ello es indispensable el diseño e implementación de políticas ambientales con acciones compartidas entre las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y municipales, así como con la participación de los otros Poderes, asegurando que sus efectos sean complementarios y sinérgicos.

  5. A través de ello, se reforzará la integralidad y congruencia de las políticas de desarrollo económico, el bienestar social y el cuidado del ambiente; y se podrán compartir recursos públicos y promover su mayor eficacia y eficiencia.

  6. Asimismo, se busca fortalecer una cultura de equidad de género, que permita fomentar el principio conforme al cual, mujeres y hombres accedan con justicia e igualdad al uso, control y beneficios de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.

    DECLARACIONES

  7. DECLARA "LA SEMARNAT":

    I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal, integrante de la Administración Pública Federal, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 2o.

    fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Que de conformidad con lo establecido en las fracciones I, II, V, X, XVII y XXII del artículo 32 Bis de la referida Ley Orgánica le corresponde, entre otros asuntos, el formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; vigilar y estimular en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas de su competencia; promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente; así como coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales.

    I.3. Que de conformidad a lo establecido en los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, su Titular, el Ing. Juan José Guerra Abud, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación.

    I.4. Que le asiste en la firma del presente instrumento jurídico, la Oficial Mayor de esta Secretaría, quien de conformidad con lo previsto en los artículos 10 fracciones IX y XXXI, y 35 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio y dentro de su respectiva competencia es responsable de instrumentar, realizar o gestionar, según corresponda, los actos y procedimientos presupuestarios que deban llevar a cabo las unidades responsables del Sector.

    I.5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Coordinación señala como su domicilio el ubicado en boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, código postal 14210, Tlalpan, Ciudad de México, Distrito Federal.

  8. DECLARA "LA ENTIDAD":

    II.1. Que el Distrito Federal es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo previsto en los artículos 40, 42, 43 y 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 2 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y, 1 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    II.2. Que a la celebración del presente Convenio concurre el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Dr. Miguel Angel Mancera Espinosa, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 122, párrafos primero, segundo y cuarto, y el Apartado C, Base Segunda de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8 fracción II, 52 y 67 fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 5, 12 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 14 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

    II.3. Que conforme a lo previsto en los artículos 2, 15, 23, 26 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, en el ejercicio de sus atribuciones y para el cumplimiento de...

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