Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero, para contribuir a la constitución del Registro Nacional de Testamentos y aprovechar la información contenida en el mismo

Fecha de disposición16 Marzo 2004
Fecha de publicación16 Marzo 2004
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero, para contribuir a la constitución del Registro Nacional de Testamentos y aprovechar la información contenida en el mismo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA SECRETARIA , REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. SANTIAGO CREEL MIRANDA, CON LA PARTICIPACION DEL C. SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS, LIC. DANIEL FRANCISCO CABEZA DE VACA HERNANDEZ Y DEL C. DIRECTOR GENERAL DE COMPILACION Y CONSULTA DEL ORDEN JURIDICO NACIONAL, DR. EDUARDO CASTELLANOS HERNANDEZ Y, POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL GOBIERNO DEL ESTADO , REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR, EL LIC. RENE JUAREZ CISNEROS, CON LA PARTICIPACION DEL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, MAYOR LUIS LEON APONTE Y, COMO TESTIGOS EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACION NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO, A.C., LIC. ADRIAN ITURBE GALINDO Y EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE NOTARIOS DEL ESTADO DE GUERRERO, LIC. ARTURO E. NOZARI MORLET, PARA CONTRIBUIR A LA CONSTITUCION DEL REGISTRO NACIONAL DE TESTAMENTOS Y APROVECHAR LA INFORMACION CONTENIDA EN EL MISMO, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

ANTECEDENTES

El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece que México necesita avanzar, con plena convicción federalista, hacia una coherente arquitectura de gobiernos, que reconozca su espacio a las autoridades locales y potencie las oportunidades en las distintas regiones del país, bajo las premisas de subsidiariedad, solidaridad, resarcitoriedad, desarrollo regional equilibrado, unidad nacional y eficacia. El camino hacia la democracia plena pasa necesariamente por la ruta cierta, pacífica y legítima que se deriva de la vigencia del Estado de Derecho. Por ello, el Poder Ejecutivo tiene, entre sus obligaciones fundamentales, la de apegar sus actos a lo dispuesto por los preceptos constitucionales. Hoy, la fuerza que respalda la acción del Estado es la que se deriva de la legitimidad que da el derecho. Toda sociedad democrática se basa en el respeto a la dignidad de las personas y en el reconocimiento de sus derechos fundamentales. Será compromiso del Ejecutivo respetar y hacer respetar, de manera invariable, los derechos esenciales de cada hombre y de cada mujer.

Nuestro régimen constitucional federal, establece un sistema de planeación democrática de la vida nacional, el cual para su organización y ejecución requiere, necesariamente, de la coordinación de acciones entre la Federación y las entidades federativas, a fin de coadyuvar en los objetivos y aspiraciones que marca la propia constitución, con estricto respeto a las garantías y derechos fundamentales establecidos en la misma.

La planeación del desarrollo nacional, establecido en las leyes, debe llevarse a cabo con estricto respeto a la distribución de competencias, a la soberanía, autonomía y autarquía de las entidades federativas y de los municipios, a través de los instrumentos jurídicos idóneos que señalan las leyes en la materia.

El gobierno de la República, tiene como una de sus premisas fundamentales establecer un nuevo marco de relaciones intergubernamentales que coadyuve al establecimiento claro y conciso de un estado de derecho, en el que los ciudadanos ejerzan sus libertades y derechos fundamentales, bajo los principios de seguridad y certeza jurídicas.

El desenvolvimiento de México requiere de una administración pública orientada al servicio y cercana a las necesidades e intereses de la ciudadanía, que responda con flexibilidad y oportunidad a los cambios estructurales que vive y demanda el país, que promueva el uso eficiente de los recursos públicos y cumpla puntualmente con programas precisos y claros de rendición de cuentas. Paralelamente, es necesario avanzar con rapidez y eficacia hacia la prestación de servicios integrados al público que eviten trámites, ahorren tiempo, gastos e inhiban discrecionalidad.

Las legislaciones civiles vigentes en las diversas entidades federativas de la República Mexicana, en materia de sucesiones, establecen que el testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona dispone de sus bienes y declara o cumple deberes para después de su muerte. Esta expresión legal establece el derecho que tiene todo ciudadano a comparecer ante cualquier Notario Público, ya sea por razón de su domicilio, trabajo o causa grave prevista en la ley, a otorgar su testamento o bien modificarlo, si con anterioridad ya lo hubiera hecho. La libre determinación de este derecho, genera sin duda alguna incertidumbre jurídica para los litigantes al momento de iniciar el procedimiento sucesorio correspondiente, en virtud de que no se tiene...

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