Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Baja California, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la entidad federativa, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de ejecución del Programa de Convivencia Urbano Ferroviaria en el Estado de Baja California; para la construcción del paso superior vehicular Los Héroes, km UB-4+400, en Tijuana, B.C.

Fecha de disposición24 Noviembre 2010
Fecha de publicación24 Noviembre 2010
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Baja California, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la entidad federativa, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de ejecución del Programa de Convivencia Urbano Ferroviaria en el Estado de Baja California; para la construcción del paso superior vehicular Los Héroes, km UB-4+400, en Tijuana, B.C. CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA LA "SCT", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL MTRO. JUAN FRANCISCO MOLINAR HORCASITAS, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE, ING. HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS; POR EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO Y MULTIMODAL, ING. JORGE ALBERTO LICON AVILA; Y EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT BAJA CALIFORNIA, LIC. RAMON ENRIQUE LUQUE FELIX; Y POR OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL LIC. JOSE GUADALUPE OSUNA MILLAN, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. CUAUHTEMOC CARDONA BENAVIDES; EL SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS, C.P. MANUEL FRANCISCO AGUILAR BOJORQUEZ; EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO, ING. LUIS IGNACIO LOPEZ MOCTEZUMA TORRES; Y EL DIRECTOR DE CONTROL Y EVALUACION GUBERNAMENTAL, LIC. JESUS EDGARDO CONTRERAS RODRIGUEZ; EL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL "MUNICIPIO", REPRESENTADO POR EL C. JORGE RAMOS HERNANDEZ, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, C. RAUL CORONA SESMA, Y POR EL SINDICO PROCURADOR, LIC. HECTOR MAGAÑA MOSQUEDA, A QUIENES EN SU CONJUNTO SERAN DENOMINADAS "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES
  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-2796, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado. DECLARACIONES

  2. Declara la SCT: 1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 3. Que su titular, el Mtro. Juan Francisco Molinar Horcasitas, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en avenida Xola y avenida Universidad sin número, Cuerpo "C", primer piso, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03028, México, D.F. II.- Declara la ENTIDAD FEDERATIVA: 1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1 y 4, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación. 2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 11 y 40, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 2 y 6, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California y demás disposiciones legales aplicables. 3. Que de conformidad con los artículos 17, fracciones III, V y XVIII, 19, 24, 25 y 27, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, este Convenio es también suscrito por los titulares de las Secretarías General de Gobierno, Planeación y Finanzas, Infraestructura y Desarrollo Urbano, así como de la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Edificio del Poder Ejecutivo, tercer piso, Calzada Independencia, número 994, Centro Cívico, código postal 21000, Mexicali, Baja California. III.- Declara EL MUNICIPIO: 1. Que cuenta con facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo previsto en los artículos 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 76, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, 3, 48, último párrafo y 49, fracción I, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California. 2. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio Municipal, Segundo Nivel, avenida Independencia, número 1350, Zona del Río, código postal 22320, en Tijuana, Baja California. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6, fracciones I, II y IX, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 50, del Reglamento del Servicio Ferroviario; 1, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226, de su Reglamento, así como los artículos 11, 40 y 76, de la Constitución Política del Estado de Baja California; 2, 6, 17, fracciones III, V y XVIII, 19, 24, 25 y 27, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California; 3, 48, último párrafo y 49, fracción I, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California; segundo transitorio de los lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 28 de marzo de 2007 y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes: CLAUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de ejecución del Programa de Convivencia Urbano Ferroviaria en el Estado de Baja California; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se mencionan:

PROGRAMA IMPORTE TOTAL (Millones de pesos)
Programa de Convivencia Urbano Ferroviaria en la ciudad de Tijuana, Baja California. 98.0
TOTAL 98.0

El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio. Con el objeto de asegurar la aplicación y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR