Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública, Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México y la Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo, en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado SEP-BÉCALOS-SANTANDER-UNIVERSIDADES-UPMH 2016

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CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública, Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México y la Universidad Politécnica Metropolitana de Hidalgo, en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado SEP-BÉCALOS-SANTANDER-UNIVERSIDADES-UPMH 2016. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JAVIER PEREA RAMÍREZ, COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR; BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO F/2001089 "BÉCALOS", EN LO SUCESIVO "BÉCALOS", REPRESENTADO POR SU DELEGADO FIDUCIARIO, LIC. PEDRO SALAZAR GONZÁLEZ; EL BANCO SANTANDER (MÉXICO), S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, POR LO QUE HACE AL PROGRAMA DENOMINADO "SANTANDER UNIVERSIDADES", REPRESENTADO POR EL DR. ARTURO CHERBOWSKI LASK, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, EN LO SUCESIVO "SANTANDER UNIVERSIDADES", Y LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA METROPOLITANA DE HIDALGO, EN LO SUCESIVO "LA UNIVERSIDAD", REPRESENTADA POR EL MTRO. GERARDO MARCELINO LARA OROZCO, EN SU CARÁCTER DE RECTOR; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- Uno de los principales acuerdos de la reunión del Gabinete México con Responsabilidad Global, fue impulsar la iniciativa "Proyecta 100,000" que propone acciones concretas para promover la movilidad de estudiantes, investigadores y académicos entre México y Estados Unidos, y dar contenidos a los objetivos del Foro Bilateral sobre Educación Superior, Innovación e Investigación (FOBESII), que busca desarrollar una visión estratégica de la cooperación en estos ámbitos, con el objetivo de promover el capital humano y el desarrollo económico en México y Estados Unidos para transformar América del Norte en una región del conocimiento, partiendo de la premisa de poner énfasis en áreas y sectores que conduzcan a incrementar la competitividad de los dos países mediante la vinculación universidad-empresa.

Quinto.- De igual forma, con base en la Declaración Conjunta de la Cumbre de Líderes de América del Norte anunciada el 19 de febrero de 2014 en Toluca Estado de México, se estableció el programa "Proyecta 10,000", que busca impulsar la movilidad de docentes y alumnos, ofreciendo la oportunidad de adquirir competencias globales como el conocimiento y dominio del idioma inglés, en instituciones educativas en Canadá.

Sexto.- Con fecha 30 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 16/12/15 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y, el "Acuerdo número 399 por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 26 de abril de 2007.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2016, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 4 3 9 01 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06029, en la Ciudad de México.

  2. De "BÉCALOS":

    II.1.- Que mediante contrato privado de fecha 10 de octubre de 2006, Fundación Televisa, A.C. y la Asociación de Bancos de México, A.C., en su carácter de fideicomitentes constituyeron con Banco Santander (México), S.A., como fiduciario, un fideicomiso en el que aportaron los recursos recaudados por el programa "Bécalos", programa cuyo fin principal es mejorar la calidad de la educación así como dar acceso a la misma en México. Dicho contrato de fideicomiso se identifica en los registros del fiduciario con el número 2001089.

    II.2.- Que mediante Oficio 325-SAT-09-IV-E-73161 de fecha 27 de abril de 2007, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió constancia de autorización al fideicomiso para destinar los donativos recibidos al otorgamiento de becas, y que para otorgar donativos con cargo al patrimonio del fideicomiso, es necesaria la instrucción de un Comité Técnico del mismo.

    II.3.- Que la finalidad principal del fideicomiso, consiste en que el fiduciario por instrucciones del Comité Técnico, entregue con cargo al patrimonio del fideicomiso, apoyos económicos a entidades autorizadas a recibir donativos deducibles y otorgue becas para realizar estudios en instituciones de enseñanza que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, o cuando se trate de instituciones del extranjero reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología mediante concurso abierto al público en general, cuya asignación se base en datos objetivos relacionados con la capacidad académica del candidato, permitiendo el impulso de la educación en México mediante el programa "Bécalos".

    II.4.- Que el fideicomiso cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes número BEC-061030-Q4A.

    II.5.- Que conforme a lo establecido en la cláusula Décima Primera, inciso K, del contrato de constitución del fideicomiso F/2001089 de fecha 10 de octubre de 2006, "BÉCALOS" recibió el 12 de abril de 2016, la carta de instrucción por parte del Comité Técnico del fideicomiso para suscribir el presente convenio.

    II.6.- Que el Lic. Pedro Salazar González, en su carácter de Delegado Fiduciario, cuenta con facultades legales para firmar el presente convenio y obligar a su representado en los términos del mismo, lo que acredita con el Testimonio de la Escritura Pública No. 74,892 de fecha 14 de febrero de 2006, otorgado ante la fe del Lic. Miguel Alessio Robles, Notario Público No. 19 del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), inscrito en el Folio Mercantil No. 63,608 del Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta no le han sido revocadas ni modificadas a la fecha de firma de este instrumento.

    II.7.- Que para los efectos legales de este instrumento señala como su domicilio el ubicado en Prolongación Paseo de la Reforma No. 500, Mod. 209, Colonia Lomas de Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219, en la Ciudad de México, con atención a: Lic. Gabriel Antonio Romero García, Tel. 52 61 66 62, e mail: gromero@santander.com.mx y que Fundación Televisa, A.C. cuenta con domicilio en Avenida Vasco de Quiroga Núm. 2000, Edificio C, Piso 4, Colonia Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01210, en la Ciudad de México.

  3. De "SANTANDER UNIVERSIDADES":

    III.1.- Que mediante Escritura Pública No. 11,085 de fecha 17 de noviembre de 1932, otorgada ante el entonces Notario Público No. 15 del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), Lic. Heriberto José Ponce de León, inscrita en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), con el No. 133, a fojas 46 vuelta, volumen 83, libro tercero de la Sección de Comercio, se constituyó "Banco Mexicano S.A.".

    Sociedad que ha tenido diversas modificaciones, y mediante Escritura Pública No. 80,610 de fecha 10 de abril de 2008, otorgada ante el Notario Público No. 31 del Distrito Federal (hoy Ciudad de México), Lic. Alfonso González Alonso, inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México, en el folio mercantil No. 63,608, se protocolizó...

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