Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Coahuila de Zaragoza, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación Académica de Estudiantes y Profesores de Escuelas Normales Públicas en Francia 2017.

Fecha de disposición27 Junio 2017
Fecha de publicación27 Junio 2017
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Coahuila de Zaragoza, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación Académica de Estudiantes y Profesores de Escuelas Normales Públicas en Francia 2017. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL PROF. JESÚS MANUEL DE LA GARZA LONG, COORDINADOR GENERAL DE EDUCACIÓN NORMAL Y ACTUALIZACIÓN DOCENTE, ASISTIDO POR EL PROF. PEDRO FLORES VÁZQUEZ, DIRECTOR DE LA BENEMÉRITA ESCUELA NORMAL DE COAHUILA; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- Con fecha 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 25/12/16 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y, el "ACUERDO número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2017, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "LA SECRETARÍA":

    II.1.- Que es una dependencia de la Administración Pública Centralizada del Estado de Coahuila de Zaragoza, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 20 fracción VI y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila No. 95 el 30 de noviembre de 2011 y su última reforma publicada en el mismo órgano informativo el 2 de diciembre de 2016.

    II.2.- Que es la autoridad educativa estatal y tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones, facultades y obligaciones que le encomienda la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, la Ley General de Educación, y demás normatividad aplicable en la materia.

    II.3.- Que el Prof. Jesús Manuel de la Garza Long, en su carácter de Coordinador General de Educación Normal y Actualización Docente, suscribe el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 fracción XVIII y 10 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 63 de fecha 8 de agosto de 2014 y su última reforma publicada en el mismo órgano informativo el 7 de agosto de 2015, el oficio de fecha 18 de mayo de 2017, expedido por el Ing. Jesús Juan Ochoa Galindo, Secretario de Educación del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como con el nombramiento otorgado por el Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, Lic. Rubén Ignacio Moreira Valdez, de fecha 8 de agosto de 2014.

    II.4.- Que el Prof. Pedro Flores Vázquez, en su carácter de Director de la Benemérita Escuela Normal de Coahuila, participa en la firma del presente instrumento, de conformidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, Lic. Rubén Ignacio Moreira Valdez, de fecha 21 de agosto de 2014.

    II.5.- Que para los efectos legales de este instrumento, señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Magisterio y Boulevard Francisco Coss S/N, Unidad Campo Redondo, Zona Centro, C.P. 25000, en la Ciudad de Saltillo, Estado de Coahuila de Zaragoza.

    Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2017, a "LA SECRETARÍA" para el otorgamiento de hasta 132 (Ciento treinta y dos) Becas de Capacitación, en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación Académica de Estudiantes y Profesores de Escuelas Normales Públicas en Francia 2017", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.

    SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2017, a "LA SECRETARÍA" la cantidad de $16'962,000.00 (Dieciséis Millones Novecientos Sesenta y Dos Mil Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico por...

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