Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, y el Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Torreón Coahuila, del Municipio de Torreón, con el objeto de transferir la ejecución de las obras y acciones de reconstrucción correspondientes al sector hidráulico de competencia estatal en el Municipio de Torreón, autorizadas por el Comité Técnico del Fideicomiso No. 2003 FONDEN en el Acuerdo No. SE.X.04/2017, para la mitigación de los daños ocasionados por ocurrencia de lluvia severa el día 26 de agosto de 2016, que afectó a 5 municipios: Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza.

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CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, y el Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Torreón Coahuila, del Municipio de Torreón, con el objeto de transferir la ejecución de las obras y acciones de reconstrucción correspondientes al sector hidráulico de competencia estatal en el Municipio de Torreón, autorizadas por el Comité Técnico del Fideicomiso No. 2003 FONDEN en el Acuerdo No. SE.X.04/2017, para la mitigación de los daños ocasionados por ocurrencia de lluvia severa el día 26 de agosto de 2016, que afectó a 5 municipios: Francisco I. Madero, Matamoros, San Pedro, Torreón y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, EN LO SUCESIVO "LA COMISIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. OSCAR GUTIÉRREZ SANTANA DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DE CUENCA CUENCAS CENTRALES DEL NORTE Y POR LA OTRA, EL SISTEMA MUNICIPAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE TORREÓN COAHUILA, DEL MUNICIPIO DE TORREÓN, COAHUILA EN ADELANTE "EL ORGANISMO OPERADOR", CON EL OBJETO DE TRANSFERIR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y ACCIONES DE RECONSTRUCCIÓN CORRESPONDIENTES AL SECTOR HIDRÁULICO DE COMPETENCIA ESTATAL EN EL MUNICIPIO DE TORREÓN, AUTORIZADAS POR EL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO No. 2003 FONDEN MEDIANTE EL ACUERDO No. SE.X.04/2017, PARA LA MITIGACIÓN DE LOS DAÑOS OCASIONADOS POR OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA EL DÍA 26 DE AGOSTO DE 2016, QUE AFECTO A 5 MUNICIPIOS: FRANCISCO I. MADERO, MATAMOROS, SAN PEDRO, TORREÓN Y VIESCA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. - Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece una estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de los Estados Unidos Mexicanos sobre bases sólidas, realistas y sobre todo, responsables, de ahí la necesidad de transitar de un sistema de protección civil reactivo a uno preventivo con la participación de los tres órdenes de gobierno, existiendo una responsabilidad en aquellos programas que requieran la coordinación para la atención de los desastres naturales, así como la revisión cuidadosa de los procedimientos para asignar los recursos del Fondo de Desastres Naturales con la agilidad que esta materia requiere;

  2. - Que resulta necesario continuar fortaleciendo las medidas en materia de atención de desastres naturales para dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, al Programa Nacional de Protección Civil y al Sistema Nacional de Protección Civil;

  3. - Que ante los índices de incremento de la exposición a los fenómenos naturales perturbadores, así como un aumento de la vulnerabilidad física y social que se registra en nuestro país, el Estado Mexicano debe asumir su responsabilidad y liderazgo en aras de garantizar a la población su seguridad y tranquilidad;

  4. - Que una de las prioridades del Ejecutivo Federal es la atención de manera oportuna, ágil y eficiente de los daños ocasionados por los fenómenos naturales perturbadores, a través de mecanismos eficaces en la operación del Fondo de Desastres Naturales;

  5. - Que la ocurrencia cada vez más frecuente de desastres naturales en nuestro país, provocados por el cambio climático, ha significado, además de su impacto en la vida cotidiana de la población, daños considerables en la infraestructura de comunicaciones y transportes, hidráulica, eléctrica, educativa, de salud, urbana, de vivienda, e incluso turística;

  6. - Que el aumento en la frecuencia, intensidad y diversidad de los fenómenos naturales perturbadores podría ocasionar consecuencias catastróficas de mayor magnitud, que requieren de atención inmediata; en este sentido, es un compromiso del Gobierno Federal contar con un sistema capaz de responder de manera pronta y efectiva

  7. - Que la lluvia severa e inundaciones fluviales ocurridas el día 26 de agosto del 2016 provocaron que en la cabecera Municipal de Torreón del Estado de Coahuila de Zaragoza, se presentarán daños en su infraestructura de alcantarillado, resumiéndose en los siguientes rubros generales:

    · Presencia de corrientes hidráulicas en las calles de la ciudad que arrastraron sólidos y basura que al introducirse al sistema de alcantarillado vía los pozos de visita, provocaron obstrucciones en el flujo de las tuberías ya que al no estar diseñadas para conducir aguas pluviales generaron colapsos en

    diversos tramos de la red de alcantarillado de la ciudad.

  8. - Que derivado de la Décima Sesión Extraordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso No. 2003 FONDEN celebrada el día 08 de noviembre del 2017, se adoptó el Acuerdo No. SE.X.04/2017 mediante el cual se autorizaron recursos 100% federales para obras y acciones de reconstrucción de competencia local que se ejecutarán con cargo al FONDEN y que permitirán atender los daños ocasionados por la ocurrencia de lluvia severa del día 26 de agosto de 2016, que afectó a 05 (cinco) municipios: Torreón, Matamoros, Francisco I. Madero, San Pedro y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, de acuerdo a la Declaratoria de Desastres Naturales emitida por la Secretaria de Gobernación y publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de septiembre de 2016.

  9. - Con el fin de mejorar el funcionamiento hidráulico del sistema de alcantarillado en el municipio de Torreón, Coahuila para mitigar daños futuros y disminuir la vulnerabilidad de los habitantes afectados y que además se garantice que la infraestructura opere dentro de los márgenes de seguridad que demanda la población, se requiere llevar a cabo las siguientes acciones:

    · Reposición de 500 m. de Colector con tubería de PEAD de 18" de diámetro, incluye reposición de pavimento, ubicado en Calle del Santo entre Diagonal de las Fuentes y Paseo Central, Col. Las Fuentes, en la Cd. de Torreón, Coahuila.

    · Reposición de 100 m. de Subcolector con tubería de PEAD de 15" de diámetro, incluye reposición de pavimento, ubicado en Rio Salado entre Río Marne y Río Jordán, Col. Magdalenas, en la Cd. de Torreón, Coahuila.

    · Reposición de 100 m. de Subcolector con tubería de PEAD de 15" de diámetro, incluye reposición de pavimento, ubicado en Río Salado entre Calzada Aeropuerto y Río Volga, Col. Magdalenas, en la Cd. de Torreón, Coahuila.

  10. - Que dado que la infraestructura de agua potable y alcantarillado que se encuentran operando en la ciudad de Torreón, Coahuila son responsabilidad de "EL ORGANISMO OPERADOR" y tomando en cuenta la complejidad que implica la reconstrucción de la infraestructura afectada en un entorno urbano en coincidencia con otras líneas de conducción como gas natural, energía eléctrica, telefonía, descargas pluviales, línea para alumbrado público, tuberías de empresas particulares, etc., esto aunado a la suspensión del flujo vial en las avenidas que cruzan dichas tuberías, así como la necesidad de hacer cortes programados de servicios básicos de agua potable y alcantarillado y proporcionar las alternativas temporales para estos servicios; acciones que sumadas implican un conjunto de experiencias y capacidades que reúne por la naturaleza de su función "EL ORGANISMO OPERADOR" y ante la necesidad de reducir la vulnerabilidad de esta infraestructura ante la temporada de lluvias es necesario que los trabajos de reconstrucción sean desarrollados por "EL ORGANISMO OPERADOR", quien tiene la capacidad técnica para ejecutar dichas obras con la calidad necesaria y con la prontitud que requiere el caso.

  11. - Por lo anterior, se requiere la celebración del presente Convenio de Coordinación, a fin de continuar actuando en forma conjunta y coordinada, para avanzar con mayor celeridad en el mejoramiento de la infraestructura de alcantarillado, al tenor de las siguientes:

    DECLARACIONES

    1. DE "LA COMISIÓN":

      I.1.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, encargada del despacho de asuntos relativos a fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas, recursos naturales, bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable; administrar, controlar y reglamentar el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos manantiales y aguas de propiedad nacional y de las zonas federales correspondientes con exclusión de los que se atribuya expresamente a otras dependencias; establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares que deban satisfacer las descargas de aguas residuales, cuando sean de jurisdicción federal; regular y vigilar la conservación de las corrientes, lagos y lagunas de jurisdicción federal en la protección de cuencas alimentadoras y las obras de corrección torrencial; manejar sistema hidrológico del Valle de México.

      I.2.- Que la Comisión Nacional del Agua es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1o. del

      Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006, y por el Decreto...

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