Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y los Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., con el objeto de destinar recursos humanos, materiales y técnicos para la ejecución de las acciones preliminares encaminadas a incrementar el abasto de agua a la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a través de la Presa La Libertad, ubicada en el Municipio de Linares, y una línea de conducción para incorporar el caudal suministrado al acueducto Cerro Prieto-Monterrey.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional del Agua. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "CONAGUA" REPRESENTADA EN ESTE ACTO, POR LOS CC. ING. HOMERO ENCARNACIÓN LANDA VERA, SUBDIRECTOR GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO Y EL ING. MARIO ALBERTO QUEZADA CORTÉS, DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO DE CUENCA RÍO BRAVO, Y POR LA OTRA PARTE, SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE DE MONTERREY, I.P.D., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "SADM", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, ING. GERARDO GARZA GONZÁLEZ; Y A QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CON EL OBJETO DE "DESTINAR LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y TÉCNICOS, EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA Y EN APEGO A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE INSTRUMENTO PARA LLEVAR A CABO TODAS LAS ACTIVIDADES INHERENTES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES PRELIMINARES ENCAMINADAS A INCREMENTAR EL ABASTO DE AGUA A LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DE LA PRESA LA LIBERTAD, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE LINARES, Y UNA LÍNEA DE CONDUCCIÓN PARA INCORPORAR EL CAUDAL SUMINISTRADO AL ACUEDUCTO CERRO PRIETO-MONTERREY", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 14 de abril de 2017, SADM y el Fondo del Agua Metropolitano de Monterrey, A.C., celebraron un convenio general de colaboración con el objeto de llevar a cabo las acciones en la gestión del manejo integral del agua en el Estado de Nuevo León en el contexto de un Plan Hídrico, que contemple identificar, habilitar y administrar nuevas fuentes de abasto de agua potable, mitigación de riesgos de inundación y recarga de acuíferos, uso eficiente del agua, tratamiento de aguas residuales y su reúso, así como otras medidas sustentables que interactúan en los acuíferos, y la consideración de los ecosistemas de las cuencas hidrológicas del Estado. De las acciones realizadas en el marco de dicho Convenio, se derivó la necesidad de la construcción de la presa "La Libertad" para abastecimiento de agua potable a la ciudad de Monterrey y su Área Metropolitana (PROYECTO).

  2. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., cuenta con derechos de agua en la Región Hidrológica 25 Río San Fernando-Soto La Marina, conforme a lo señalado en el título de asignación No. 6NVL156753/25HBDA19 por un volumen de Extracción de 50,000,000 de m3, de fecha 13 de marzo de 2019 e inscrito en el Registro Público de Derechos de Agua el 21 de marzo de 2019.

  3. Con fecha 29 de marzo de 2019, mediante oficio No. SADM-DG-0063-2019, el Director General de SADM solicitó al Director General Adjunto de Banca de Inversión y Delegado Fiduciario del Fondo Nacional de Infraestructura del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C. (FONDO), la gestión de recursos ante su Comité Técnico y con ello obtener un apoyo no recuperable por la cantidad de $386´001,121.00 (Trescientos ochenta y seis millones un mil ciento veintiún pesos 00/100 M.N.), IVA incluido, a fin de llevar a cabo una serie de acciones preliminares asociadas al proyecto de infraestructura hídrica relacionado con la construcción de la Presa La Libertad en los Municipios de Montemorelos y Linares, para abastecer de agua al área conurbada de la zona metropolitana de Monterrey, Nuevo León, manifestando bajo protesta de decir verdad que ese organismo cuenta con recursos propios para cubrir los montos restantes para el pago complementario de dichas acciones entre las que se encuentran las relativas a Tenencia de la Tierra, Estudio para la reubicación de líneas de transmisión de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Compra de Derechos de Agua, Caminos de Acceso, Desmonte de Embalse, Supervisión Externa de las acciones preliminares que lo requieran, entre otras.

  4. Con fecha 8 de abril de 2019, SADM celebró Sesión Extraordinaria de su Consejo de Administración, en la que autorizó la ejecución de las acciones e inversiones, conforme al punto 3 del acta 514, que

    como ANEXO 1 forma parte integrante del presente convenio.

  5. Con fecha 5 de abril de 2019, mediante oficio B.00.1.085, el Subdirector General de Administración de la Comisión Nacional del Agua, solicitó al Director General Adjunto de Banca de Inversión y Delegado Fiduciario del FONDO del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., gestionar ante el Comité Técnico de dicho fideicomiso, el otorgamiento de un apoyo no recuperable para la ejecución de las acciones preliminares que permitan llevar a cabo la licitación del proyecto de la Presa Libertad equivalente al 50% del costo total estimado incluyendo el Impuesto al Valor Agregado. El costo total estimado de las ACCIONES PRELIMINARES es de $772´002,242.00 (Setecientos setenta y dos millones dos mil doscientos cuarenta y dos pesos 00/100), incluido el Impuesto al Valor Agregado, el 50% de los recursos restantes y cualquier otro gasto o costo serán aportados por SADM al Fideicomiso que al efecto se constituya.

    Dichas acciones preliminares consisten en: Tenencia de tierra, estudio para la reubicación de líneas de transmisión de CFE, Estudio para el traslado de TAG Pemex, trabajos preparativos de obra de desvío y rehabilitación del Canal Sotolar, compra de derechos de agua, estudio de ingeniería básica para el diseño de cortina y elaboración de bases de licitación, caminos de acceso y caminos de terracería, desmonte de embalse, demolición de edificaciones, campamentos de reubicación de afectados, contrato de fabricación de agregados de concreto compactado, estación hidrométrica, obras de protección para el Acueducto Linares Monterrey y Supervisión Externa de las acciones preliminares que lo requieran .

  6. En atención a la solicitud prevista en el numeral inmediato anterior, mediante oficio GAEMA1/403100/011/2019 de fecha 12 de abril de 2019, el Gerente de Proyectos de Agua, Energía y Medio Ambiente, adscrito a la Dirección de Agua, Energía y Medio Ambiente del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., notificó a la Subdirección General de Administración de la Comisión Nacional del Agua el acuerdo CT/1ª ORD/8-ABRIL-2019/XIX mediante el cual los miembros del Comité Técnico del Fideicomiso 1936 denominado Fondo Nacional de Infraestructura, aprobaron en la Primera Sesión Ordinaria del año en curso, celebrada el 8 de abril lo siguiente:

    "Con fundamento en los numerales 3.2., 3.4., 3.16., 5.7., 5.12., 7., 27.1., 29.1.1., 37.8.3., de las Reglas de Operación, el Comité Técnico autoriza el otorgamiento de un Apoyo No Recuperable por la cantidad de hasta $386´001,121.00 (trescientos ochenta y seis millones mil ciento veintiún pesos 00/100 M.N.), con el Impuesto al Valor Agregado incluido (Apoyo), y sin que este monto sea mayor al 50% (cincuenta por ciento) del costo de las acciones preliminares definidas en la ficha presentada a este Comité, a favor de la Comisión Nacional del Agua (Promotor), para llevar a cabo las acciones preliminares asociadas al proyecto de la Presa Libertad.

    El APOYO estará...

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