Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto para la adecuada implementación de campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales encaminadas a la prevención de la violencia de género para mejorar las medidas de seguridad y prevención, así como la difusión de los derechos de las niñas y mujeres a una vida libre de violencia mediante la adquisición, instalación y operación de un transmisor de televisión digital terrestre con una potencia de 13,000 watts y la reubicación de los equipos de transmisión, uno de radio y otro de televisión, para ampliar la cobertura de radio y televisión del SQCS en la zona norte en los municipios de Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Solidaridad y Cozumel con alerta de violencia de género en el Estado de Quintana Roo.

Fecha de disposición02 Enero 2020
Fecha de publicación02 Enero 2020
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto para la adecuada implementación de campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales encaminadas a la prevención de la violencia de género para mejorar las medidas de seguridad y prevención, así como la difusión de los derechos de las niñas y mujeres a una vida libre de violencia mediante la adquisición, instalación y operación de un transmisor de televisión digital terrestre con una potencia de 13,000 watts y la reubicación de los equipos de transmisión, uno de radio y otro de televisión, para ampliar la cobertura de radio y televisión del SQCS en la zona norte en los municipios de Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Solidaridad y Cozumel con alerta de violencia de género en el Estado de Quintana Roo. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MARÍA CANDELARIA OCHOA ÁVALOS, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JORGE ARTURO CONTRERAS CASTILLO, LA SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, YOHANET TEODULA TORRES MUÑOZ, LA DIRECTORA GENERAL DEL SISTEMA QUINTANARROENSE DE COMUNICACIÓN SOCIAL, TITULAR DE LA DEPENDENCIA RESPONSABLE Y BENEFICIADA DEL PROYECTO, MARTHA DEL CARMEN SILVA MARTÍNEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1o. y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Gobierno de México reconoce y se obliga a cumplir con responsabilidad el mandato contenido en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte;

Que el Estado Mexicano, ha suscrito y ratificado diversos instrumentos que buscan garantizar el respeto a la dignidad e integridad de las mujeres, su igualdad jurídica ante el varón, así como a la eliminación de la violencia y de todas las formas de discriminación contra la mujer; entre los cuales se encuentran, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer;

Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II, Capítulo V, el mecanismo de alerta de violencia de género contra las mujeres, el cual es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.

Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por la Secretaría de Gobernación en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.

De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Quintana Roo.

El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de diciembre de 2018, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.

En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.

De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.

De conformidad con el oficio SQCS/DG/352/2019 de fecha 20 de mayo 2019, suscrito por Martha del Carmen Silva Martínez, en su carácter de Directora General del Sistema Quintanarroense de Comunicación Social del Estado de Quintana Roo, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el Proyecto denominado: "Proyecto para la Adecuada Implementación de Campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales encaminadas a la prevención de la violencia de género para mejorar las medidas de seguridad y prevención, así como la difusión de los derechos de las niñas y mujeres a una vida libre de violencia mediante la adquisición, instalación y operación de un transmisor de televisión digital terrestre con una potencia de 13,000 whats y la reubicación de los equipos de transmisión uno de radio y otro de televisión, para ampliar la cobertura de radio y televisión del SQCS en la zona norte en los Municipios de Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Solidaridad y Cozumel con alerta de violencia de género en el Estado de Quintana Roo".

Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2019 (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $269,120.00 (Doscientos sesenta y nueve mil ciento veinte pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto denominado: "Proyecto para la Adecuada Implementación de Campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales encaminadas a la prevención de la violencia de género para mejorar las medidas de seguridad y prevención, así como la difusión de los derechos de las niñas y mujeres a una vida libre de violencia mediante la adquisición, instalación y operación de un transmisor de televisión digital terrestre con una potencia de 13,000 whats y la reubicación de los equipos de transmisión uno de radio y otro de televisión, para ampliar la cobertura de radio y televisión del SQCS en la zona norte en los Municipios de Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Solidaridad y Cozumel con alerta de violencia de género en el Estado de Quintana Roo". Dicha situación se notificó a la entidad federativa mediante el oficio CNPEVM/DGAAJPDHAV/522-13/2019 de fecha 15 de julio de 2019.

La entidad federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el ejercicio fiscal 2019, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.

Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

  1. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).

    I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.

    I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.

    I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano...

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