Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales para la Rehabilitación de entornos urbanos impactados por la construcción del proyecto de la Línea 3 (tres) del Tren Ligero de Guadalajara.

Fecha de disposición14 Enero 2020
Fecha de publicación14 Enero 2020
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ LA "SCT", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL ING. JAVIER JIMÉNEZ ESPRIÚ, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE, ING. CARLOS ALFONSO MORÁN MOGUEL Y EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO FERROVIARIO Y MULTIMODAL, MTRO. MANUEL EDUARDO GÓMEZ PARRA, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL ING. ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, MTRO. JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA, EL SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA, C.P.C. JUAN PARTIDA MORALES, EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA, MTRO. DAVID MIGUEL ZAMORA BUENO, EL JEFE DE GABINETE, MTRO. HUGO MANUEL LUNA VÁZQUEZ, LA COORDINADORA GENERAL ESTRATÉGICA DE GESTIÓN DEL TERRITORIO, LIC. MARTHA PATRICIA MARTÍNEZ BARBA Y LA CONTRALORA DEL ESTADO, LIC. MARÍA TERESA BRITO SERRANO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-03390, de fecha 27 diciembre 2019, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONES

  3. De la SCT:

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte, así como de las comunicaciones, de acuerdo a las necesidades del país; construir las vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles, y la vigilancia técnica de su funcionamiento y operación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    3. Que su titular, el Ing. Javier Jiménez Espriú, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4° del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1089, Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03720, Ciudad de México.

  4. De la ENTIDAD FEDERATIVA:

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador Constitucional de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 36 y 50 fracciones X, XVIII, XIX y XXVII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; y 2 incisos 1 y 2, 4 numeral 1, fracciones I, II y XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 3, 5 numeral 1 fracciones II y XVI, 7 numeral 1 fracciones I, II, III y VIII, 8, 10 numeral 1 fracción XII, 11 numeral 2 fracción IV, 13 numeral 1 fracción XVII, 14, 15 numeral 1 fracciones I, VI y XVIII, 16 numeral 1 fracciones I, II y X, 17 numeral 1 fracción I, 18 numeral 1 fracciones XXVII y XLI, 26 fracción IV, 48 y 50 numeral 1, fracción XXVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, este convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de la Hacienda Pública, de Infraestructura y Obra Pública, el Jefe de Gabinete, la Coordinadora General Estratégica de Gestión del Territorio y la Contralora del Estado.

    4. Que su prioridad para alcanzar el objetivo pretendido a través del presente instrumento es el coordinar la participación de los Gobiernos, federal y local, en materia de la "Rehabilitación de entornos urbanos impactados por la construcción del proyecto de la Línea 3 (tres) del Tren Ligero de Guadalajara".

    5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Ramón Corona número 31, colonia Centro, Guadalajara, Jalisco, Código Postal 44100.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; 1º, 36, 46 y 50 fracciones X, XVIII, XIX y XXVII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 incisos 1 y 2, 3, 4 numeral 1 fracciones I, II y XI, 5 numeral 1 fracciones II y XVI, 7 numeral 1 fracciones I, II, III y VIII, 8, 10 numeral 1 fracción XII, 11 numeral 2 fracción IV, 13 numeral 1 fracción XVII, 14, 15 numeral 1 fracciones I, VI y XVIII, 16 numeral 1 fracciones I, II y X, 17 numeral 1 fracción I, 18 numeral 1 fracciones XXVII y XLI, 26 fracción IV, 48 y 50 numeral 1, fracción XXVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; así como en el Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades Federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007 y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia del "Rehabilitación de entornos urbanos impactados por la construcción del proyecto de la Línea 3 (tres) del Tren Ligero de Guadalajara"; reasignar a aquélla la ejecución de programas federales; determinar las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA para el ejercicio fiscal 2019; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA, a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por el importe que a continuación se menciona:

    PROGRAMA
    IMPORTE
    "Rehabilitación de entornos urbanos impactados por la construcción del proyecto de la Línea 3 (tres) del Tren Ligero de Guadalajara"
    $188´000,000.00

    El programa a que se refiere el recuadro anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1 del presente Convenio.

    Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo establecido en el mismo y sus correspondientes anexos, a los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 28 de marzo de 2007, así

    como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

    SEGUNDA.- REASIGNACIÓN Y APORTACIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal reasignará a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $188´000,000.00 (Ciento ochenta y ocho millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de la SCT, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio.

    Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, conforme a los artículos 82, fracción IX, y 83, primer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se radicarán, a través de la Secretaría de la Hacienda Pública de la ENTIDAD FEDERATIVA, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a la SCT, con la finalidad de que los recursos reasignados y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.

    Los recursos presupuestarios federales que se reasignen a la ENTIDAD...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR