Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Estado de Chihuahua, Promotora para el Desarrollo Económico de Chihuahua y el Municipio de Juárez.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Instituto Mexicano del Seguro Social. Convenio de coordinación que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en lo sucesivo "SEDATU", representada en este acto por Carina Arvizu Machado, Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda, asistida por Daniel Escotto Sánchez, Titular de la Unidad de Proyectos Estratégicos para el Desarrollo Urbano y Glenda Yhadelle Argüelles Rodríguez, Titular de la Unidad de Apoyo a Programas de Infraestructura y Espacios Públicos; el Instituto Mexicano del Seguro Social, en lo sucesivo "IMSS", representado por José Antonio Olivarez Godínez, Titular de la Dirección de Administración y Arturo Daniel Bonilla y Calderón, Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal en Chihuahua; el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, en lo sucesivo la "ENTIDAD FEDERATIVA", representado por Alejandra Catarina de La Vega Arizpe, Secretaria de Innovación y Desarrollo Económico y Luis Felipe Siqueiros Falomir, Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología; Promotora para el Desarrollo Económico de Chihuahua, en lo sucesivo "PROMOTORA", representada por Fabián Alejandro Santana Márquez, en su carácter de Coordinador General; el Municipio de Juárez, en adelante el "MUNICIPIO", representado por Héctor Armando Cabada Alvídrez, en su carácter de Presidente Municipal y asistido por Maclovio Murillo Chávez, Secretario de la Presidencia Municipal y del Honorable Ayuntamiento; a quienes en conjunto se les denominará como "LAS PARTES" y como testigo de honor Mauricio Márquez Corona, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; al tenor de los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que se encuentra normado en la Ley de Planeación, cuyo artículo 28 ordena que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los programas que de este deriven, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las Entidades Federativas.

  2. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las Entidades Federativas, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo, coadyuven a la consecución de los objetivos de la planeación nacional; y planeen de manera conjunta las acciones a realizarse por el Gobierno Federal y las Entidades Federativas.

  3. El Plan Nacional de Desarrollo 20192024 establece entre sus objetivos, estrategias y líneas de acción, que es prioridad del Estado Mexicano lograr el desarrollo llevando el bienestar a la mayor población posible, para lo cual es necesaria la implementación de proyectos regionales y programas sectoriales; a fin de detonar la economía e impulsar la reactivación económica, y prevé realizar obras de mejoramiento de espacios públicos, con lo cual se da cumplimiento a uno de los objetivos de los Programas de Desarrollo Urbano y Vivienda.

  4. El artículo 40 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social establece que los convenios de coordinación serán los instrumentos de convergencia de las políticas, programas, proyectos y acciones de desarrollo social y se sujetarán a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Social, la Ley de Planeación, y demás disposiciones aplicables.

  5. Por escritura pública número 85 de 4 de junio de 1981 otorgada ante la fe del Licenciado Pablo Antonio Pruneda Padilla, titular de la Notaría Pública Número 155 del entonces Distrito Federal y del Patrimonio Inmobiliario Federal, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal en el folio real número 7675 y folios reales auxiliares números 7675/1 al 7675/17, el 10 de mayo de 1982, se hizo constar la transmisión de propiedad de diversos inmuebles, todos ubicados en Ciudad Juárez, Chihuahua, que otorgó la sociedad Espectáculos Fronterizos, S.A. a favor del Gobierno Federal.

  6. Mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo "DOF", el 13 de marzo de 2012, el inmueble del dominio público de la Federación denominado "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez", ubicado en Calle Vicente Guerrero Número 8830, Fraccionamiento Las Quintas, Municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua, con una superficie de 480,665.32 m², se destinó al servicio de la entonces Secretaría de Desarrollo Social ahora Secretaría del Bienestar, para fines deportivos, recreativos, culturales y comunitarios. Dicho inmueble se identifica en el

    Inventario del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal con número RFI 08-06440-7.

  7. Por oficio número 411.D.G.R.M./00501/13, de 26 de junio de 2013, la entonces Secretaría de Desarrollo Social, puso a disposición del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales el "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez".

  8. "PROMOTORA", como organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Chihuahua, sectorizado a la Secretaría de Innovación y Desarrollo Económico, mediante oficio número SE-454/2014 de 11 de agosto de 2014, manifestó al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales la necesidad de obtener en donación el "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez" y, de no ser posible la donación, recibirlo en destino, a efecto de que fuera utilizado para la construcción y operación de infraestructura para la prestación de servicios públicos, así como para el desarrollo de actividades sociales, culturales, económicas y deportivas.

  9. Por acuerdo de 19 de septiembre de 2014 publicado en el DOF el 7 de octubre del mismo año, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales destinó el "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez" al servicio de "PROMOTORA", para los efectos señalados en el Antecedente VIII.

  10. Mediante oficio número SE-286/2016 de 21 de julio de 2016, la Secretaría de Economía del Gobierno del Estado de Chihuahua puso a disposición del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales dos fracciones del "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez", identificadas como fracción "A", con una superficie de 14,016.408 m² y fracción "B", con una superficie de 9,983.873 m², por no ser de utilidad.

  11. Mediante acta de 7 de julio de 2017 se hizo constar la entrega física, administrativa y jurídica que realizó "PROMOTORA" a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, respecto de dos fracciones identificadas como "A" con RFI 8-8895-5 y "B" con RFI 8-8896-4.

  12. Por acuerdo de 14 de julio de 2017, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales destinó a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez las fracciones señaladas en el Antecedente X. Por acta de 1 de junio de 2018, la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez hizo entrega física, administrativa y jurídica al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, quien en el mismo acto entregó de manera jurídica al Instituto Politécnico Nacional la fracción del "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez" identificada como "A" y, posteriormente, mediante acuerdo de 8 de octubre de 2018, se lo otorgó en destino.

  13. Por oficio SS.SSC-003/2019, suscrito por el Director General de Servicios de Salud de Chihuahua, recibido el 11 de enero de 2019 por "PROMOTORA", se hizo referencia al acuerdo señalado en el Antecedente IX de este instrumento y se manifestó que el Gobierno del Estado había construido en una fracción del "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez" la unidad hospitalaria denominada Hospital de Especialidades de Ciudad Juárez, administrada por Servicios de Salud de Chihuahua, solicitando iniciar el trámite ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales para que se le destinara una superficie de 88,833.92 m², con la finalidad de dar continuidad al proyecto de terminación de dicho hospital para que se pudiera proporcionar a la población chihuahuense servicios de salud pública de mayor calidad.

  14. Mediante oficio SS 56/2019 de 11 de enero de 2019, dirigido al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Servicios de Salud de Chihuahua hizo referencia al acuerdo por el cual se destinó a favor de "PROMOTORA" el "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez", indicando que el Gobierno del Estado construyó en una fracción de dicho inmueble la unidad hospitalaria denominada Hospital de Especialidades de Ciudad Juárez, bajo su administración; señalando que, mediante oficio PIC/UJ/03/2019, de 8 de enero de 2019, "PROMOTORA" informó que iniciaría el trámite ante el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales para la puesta a disposición de una superficie aproximada de 44,836.35 m².

  15. Por acuerdo de 6 de febrero de 2019, se destinó la fracción del "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez", denominada "Subestación Cuatro Siglos", con superficie de 20,000 m² para ser

    administrada por la Comisión Federal de Electricidad, inscrita en el folio real a página número 7675/31, de 18 de febrero de 2019.

  16. Mediante oficio 09 52 17 61 1B00/344, de 11 de diciembre de 2019, suscrito por el Titular de la Unidad de Administración del "IMSS", en su carácter de Responsable Inmobiliario de ese Instituto, de conformidad con el artículo 84, fracción V, de la Ley General de Bienes Nacionales, manifestó el interés de adquirir por donación una fracción aproximada de 7.5 hectáreas del "Antiguo Hipódromo y Galgódromo de Ciudad Juárez", para la ampliación de los servicios médicos y...

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