Convenio de Coordinación para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa, que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Puebla.

Fecha de disposición12 Diciembre 2017
Fecha de publicación12 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Instituto Nacional del Emprendedor. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA, POR CONDUCTO DEL INSTITUTO NACIONAL DEL EMPRENDEDOR, REPRESENTADO POR EL MTRO. ALEJANDRO DELGADO AYALA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, ASISTIDO POR LOS CC. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; RAÚL SÁNCHEZ KOBASHI, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN; RODOLFO SÁNCHEZ CORRO, SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA; Y MICHEL CHAÍN CARRILLO, SECRETARIO DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ EN EL ORDEN INDICADO COMO EL "INADEM" Y EL "GOBIERNO DEL ESTADO", A LOS CUALES SE LES DETERMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES" AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el fomento del crecimiento económico. Asimismo, impone al Estado el fomento de las actividades que demande el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los sectores: público, privado y social.

  2. Con el objeto de promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas y el apoyo a su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad; así como incrementar su participación en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen mayor valor agregado nacional, se publicó la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 30 de diciembre de 2002, cuya última reforma fue publicada el día 19 de mayo de 2017.

  3. El 24 de mayo de 2006, se publicó en el DOF el Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que coadyuva a la debida implementación de los programas, instrumentos, esquemas, mecanismos y actividades para el desarrollo de la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, en lo sucesivo señaladas como las "MIPYMES".

  4. Una de las Metas Nacionales establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 es México Próspero, la cual en su objetivo 4.8 establece el desarrollo de los sectores estratégicos del país y, específicamente en la estrategia 4.8.4 Impulsar a los Emprendedores y fortalecer a las "MIPYMES".

  5. El Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de diciembre de 2013, establece en el objetivo sectorial 3 el fin de impulsar a emprendedores y fortalecer el desarrollo empresarial de las "MIPYMES" y de organismos del sector social de la economía.

  6. Con el objeto de promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a proyectos que fomenten la creación, consolidación, y competitividad de las "MIPYMES", y las iniciativas de los emprendedores, así como aquellos que promuevan la inversión productiva que permita generar más y mejores empleos, más y mejores "MIPYMES", y más y mejores emprendedores, la Secretaría de Economía, publicó el 30 de diciembre de 2016 en el DOF las Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio Fiscal 2017, y el 27 de marzo de 2017 modificaciones a las mismas, en lo sucesivo denominadas "Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor".

  7. El presente Convenio de Coordinación se encuentra alineado a los instrumentos de planeación del Gobierno del Estado de Puebla.

    DECLARACIONES

    1. DECLARA EL "INADEM" QUE:

      1.1. Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, de conformidad con lo previsto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 2 fracción I, 17, 26 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1, 2 apartado C fracción II y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.

      1.2. Tiene por objeto instrumentar, ejecutar y coordinar la política nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en los mercados nacional e internacional para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como coadyuvar al desarrollo de políticas que fomenten la cultura y productividad empresarial.

      1.3. Con fundamento en el artículo 62 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2016, así como el numeral 6 fracciones I y VII del Acuerdo que Regula la Organización y Funcionamiento Interno del Instituto Nacional del Emprendedor el Mtro. Alejandro Delgado Ayala, en su carácter de Presidente del "INADEM" tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico y acredita su personalidad mediante nombramiento de fecha 16 de mayo de 2017.

      1.4. En los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, y 62 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, el "INADEM" celebra el presente Convenio como instrumento de coordinación con el "GOBIERNO DEL ESTADO" para que coadyuve, en el ámbito de su respectiva jurisdicción, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, estableciendo los procedimientos de coordinación con el "INADEM" en materia de apoyo a las "MIPYMES" y demás proyectos de interés común afín.

      1.5. Dispone de los recursos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

      1.6. Señala como domicilio legal el ubicado en el inmueble marcado con el número 1940, de la Avenida Insurgentes Sur, Colonia Florida, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01030, Ciudad de México, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente convenio de coordinación.

    2. DECLARA EL "GOBIERNO DEL ESTADO" QUE:

      2.1. De conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación.

      2.2. Es su interés participar en el presente Convenio con el "INADEM", para la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de...

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