Convenio de Coordinación para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Posgrado-Maestría Franco-Mexicano (segundo año de la generación 2016- 2018) SEP-UJED 2017, en el marco del Programa Nacional de Becas, que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Universidad Juárez del Estado de Durango.

Fecha de disposición03 Julio 2017
Fecha de publicación03 Julio 2017
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO de Coordinación para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Posgrado-Maestría Franco-Mexicano (segundo año de la generación 2016-2018) SEP-UJED 2017, en el marco del Programa Nacional de Becas, que celebran la Secretaría de Educación Pública y la Universidad Juárez del Estado de Durango. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR, Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD JUÁREZ DEL ESTADO DE DURANGO, EN LO SUCESIVO "LA UJED", REPRESENTADA POR EL C.P.C. Y M.I. ÓSCAR ERASMO NÁVAR GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE RECTOR, ASISTIDO POR LA M.E.C. MARÍA DE LOURDES NÁPOLES ORRANTE, SECRETARIA GENERAL, DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES

Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".

Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).

Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.

Cuarto.- El 10 de abril de 2014, se firmó el Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Ministerio de Educación Nacional, Enseñanza Superior e Investigación de la República Francesa (MENESER), para desarrollar el programa "Posgrado-Maestría Franco-Mexicano", el cual busca establecer las bases generales y mecanismos de colaboración para el desarrollo de dicho programa, destinado a la formación de recursos humanos y fomento a la colaboración educativa y cultural entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Francesa, a fin de que nacionales mexicanos realicen estudios de tipo Superior en Francia, en específico en programas de posgrado de nivel maestría, de conformidad con los planes y programas de estudios de las instituciones de educación superior en Francia, previéndose que el programa se desarrollara en tres etapas, con el compromiso de otorgar hasta 20 becas en la primera etapa para el primer año de la generación 2014-2016, en la segunda hasta 40 becas; 20 que corresponden al segundo año de la generación 2014-2016 y 20 para el primer año de la generación 2015-2017, y en la tercera hasta 40 becas; 20 para el segundo año de la generación 2015-2017 y 20 para la generación 2016-2018.

A la fecha de la firma del presente instrumento, se encuentran cursando el primer año de estudios de maestría los 20 becarios de la generación 2016-2018, a quienes es necesario otorgar la beca para cursar el segundo año de la maestría, con el objeto de que concluyan sus estudios.

Quinto.- Con fecha 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 25/12/16 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente

    instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y el "ACUERDO número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2017, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "LA UJED":

    II.1.- Que es una Institución de Educación Superior, creada mediante decreto No. 101 de fecha 21 de marzo de 1957, autónoma en su régimen interno y cuya autonomía comprende entre otros: la elaboración de sus Reglamentos, Estatutos y normatividad interna para su organización y funcionamiento; la elaboración, aprobación y gestión de presupuestos y la administración de sus bienes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 fracciones I y VI de la Ley Orgánica de la Universidad Juárez del Estado de Durango, y su última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 65 de fecha 15 de agosto de 2013.

    II.2.- Que tiene como fin esencial contribuir al desarrollo integral de la sociedad mediante sus funciones sustantivas, que son entre otras: Impartir educación media superior, técnica, licenciatura y de posgrado; impulsar y extender la cultura y los servicios institucionales a través de programas de vinculación con la sociedad, y como una de sus atribuciones el realizar convenios con otras instituciones nacionales o extranjeras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 fracciones II y III y; 6, fracción V de su Ley Orgánica.

    II.3.- Que el C.P.C. y M.I. Oscar Erasmo Návar García, en su carácter de RECTOR para el periodo 2012-2018, cuenta con facultades para suscribir el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 y 33, fracciones II y XII de su Ley Orgánica y la Sesión Ordinaria del H. Consejo Universitario, de fecha 14 de diciembre de 2012, protocolizada mediante la Escritura Publica No. 14,285, pasada ante la fe del Notario Público No. 22 de la ciudad de Durango, Estado de Durango y del Patrimonio Inmueble Federal, Lic. Eduardo G. Gutiérrez Ruiz de fecha 16 de diciembre de 2012, inscrita bajo el No. 226, del Libro segundo auxiliar de comercio, Tomo 77, Sección Cuarta, del Registro Público de la Propiedad del Estado de Durango.

    II.4.- Que la M.E.C. María de Lourdes Nápoles Orrante, participa en la firma del presente instrumento, en su carácter de Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, fracción XII y 41 de su Ley Orgánica y el...

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