Convenio de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Infraestructura en la Vertiente de Infraestructura para el Hábitat, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Jalisco y el Municipio de Arandas.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA CONVENIO DE COORDINACIÓN TIPO

CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA (EN ADELANTE "EL PROGRAMA"), EN LA VERTIENTE DE "INFRAESTRUCTURA PARA EL HÁBITAT" (EN ADELANTE "LA VERTIENTE HÁBITAT"), CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2017, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO "LA SEDATU", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. ENGRACIA ALEJANDRINA VUELVAS ACUÑA; DELEGADA DE "LA SEDATU" EN EL ESTADO DE JALISCO; POR OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO POR EL LIC. MIGUEL CASTRO REYNOSO, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO E INTEGRACIÓN SOCIAL, (SEDIS); MTRO. HÉCTOR RAFAEL PÉREZ PARTIDA, SECRETARIO DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (SEPAF); EN LO SUCESIVO "EL ESTADO" Y POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE ARANDAS, REPRESENTADO POR EL MTRO. SALVADOR LÓPEZ HERNÁNDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL Y LA LIC. LILIANA AYALA LEÓN, SÍNDICO MUNICIPAL, LO SUCESIVO "EL MUNICIPIO"; Y A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos instaura la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, estableciéndose en el artículo 28 de la Ley de Planeación que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los Programas que de él emanen, deberán especificar las acciones objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

  2. Que el artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que esos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo.

  3. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece entre sus objetivos, estrategias y líneas de acción, garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población y fortalecer el desarrollo de capacidades en los hogares con carencias para contribuir a mejorar su calidad de vida e incrementar su capacidad productiva, así como generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social para transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente.

  4. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016, establece en el inciso b), fracción I, del artículo 30, que en los programas sujetos a reglas de operación (como en el supuesto es el Programa de Infraestructura); se procurará que la ejecución de las acciones correspondientes sea desarrollada por los órdenes de gobierno más cercanos a la población, debiendo reducir al mínimo indispensable los gastos administrativos y de operación, y llevar los gobiernos municipales un registro de beneficiarios y realizar su seguimiento para verificar la efectividad y coadyuvar en la evaluación de las acciones.

  5. Que mediante publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación, del 31 de diciembre de 2016, se dieron a conocer las Reglas de Operación del Programa de Infraestructura, para el ejercicio fiscal 2017 (en adelante "LAS REGLAS"), el cual es instrumentado por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

  6. Que "EL PROGRAMA" cuenta:

    VI.1 A nivel central con una Unidad Responsable del Programa (en adelante "URP"), la cual se denomina Unidad de Programas de Apoyo a la Infraestructura y Servicios.

    VI.2 Con un objetivo general, que consiste en contribuir a mejorar la disponibilidad y calidad, de las condiciones de habitabilidad de los hogares que se encuentran asentados en las Zonas de Actuación del Programa.

    VI.3 Con objetivos específicos, que consisten en:

    VI.3.1 Apoyar la construcción de obras de infraestructura básica, complementaria y equipamiento que beneficie a los hogares asentados en las Zonas de Actuación del Programa.

    VI.3.2 Impulsar la apropiación de los equipamientos y espacios públicos mediante acciones de desarrollo y participación ciudadana que generen sentido de pertenencia e identidad.

    VII.3.3 Apoyar la ejecución de proyectos para el rescate de espacios públicos en deterioro, abandono o inseguridad mejorando la accesibilidad y conectividad a equipamientos y servicios.

    VI.3.4 Impulsar obras de mejoramiento físico para la rehabilitación de áreas comunes deterioradas que se encuentren en viviendas en condominio, Unidades y Desarrollos Habitacionales.

    VI.3.5 Apoyar la realización de obras, acciones y servicios para el mejoramiento en los hogares con carencias por calidad y espacios en la vivienda y acceso a servicios básicos.

    VI.3.6 Fomentar el desarrollo de los Núcleos Agrarios y las localidades inmersas en ellos, por medio de obras de infraestructura básica, complementaria, y equipamiento, que beneficie a los hogares asentados en las zonas de actuación del Programa.

  7. Que el decreto por el que se establece en el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar a la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, y con el propósito de contribuir al cumplimiento de sus objetivos, el Programa dará prioridad a las personas, familias, zonas y ciudades que para tales fines se determinen. Lo anterior, en adherencia al numeral 4.3, del Capítulo 4, de las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA".

  8. Que "LAS PARTES" han decidido conjuntar esfuerzos en el marco de "EL PROGRAMA" y "LA VERTIENTE HÁBITAT" para concretar un proyecto que conlleve a contribuir a mejorar la disponibilidad y calidad, de las condiciones de habitabilidad de los hogares que se encuentran asentados en la localidad objeto del presente instrumento, consistente en mejorar la disponibilidad y calidad de la infraestructura básica y complementaria, así como el equipamiento, imagen y entorno de las áreas urbanas, suburbanas y en proceso de urbanización, que permita el grado de cohesión social.

    DECLARACIONES

  9. "LA SEDATU" declara, a través de su representante:

    I.1 Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2 Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones la de impulsar, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios; y promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo regional y urbano, en coordinación con los gobiernos estatales y municipales.

    I.3 Que de conformidad con los artículos 14, 16, 17 y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública

    Federal, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia por los servidores públicos que se establecen en su reglamento interior; contando con órganos administrativos desconcentrados que le están subordinados.

    I.4 Que de conformidad con el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, "LA SEDATU" cuenta con Unidades Administrativas denominadas Delegaciones Estatales, y que se encuentran normadas en los artículos 34, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

    I.5 Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35, fracción II y 36, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para la eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos, "LA SEDATU" cuenta con Delegaciones Estatales en cada una de las entidades federativas, las cuales la representan legalmente en su ámbito territorial; y tienen la atribución expresa de coordinar y ejecutar los asuntos, programas, proyectos y acciones de la misma dentro de su circunscripción.

    I.6 Que de conformidad con la fracción I, del numeral 5.3.1 e inciso (9, del numeral 7.1 de "LAS REGLAS", la Titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, autorizó a todos y cada una de las Instancias Ejecutoras (incluyendo a las Delegaciones Federales de "LA SEDATU") de los proyectos de "EL PROGRAMA", para suscribir este tipo de instrumentos jurídicos para la ejecución de los proyectos y acciones que correspondan.

    I.7 Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19, fracción X y 35, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, por oficio I-120-779 de fecha 21 de febrero de 2017 el Titular de la Dirección General de Coordinación de Delegaciones, autorizó a las delegaciones estatales la suscripción de los instrumentos jurídicos para la implementación de "LA VERTIENTE HÁBITAT", en la ejecución de los proyectos y...

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