Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2016, respecto del Proyecto denominado Responsabilidad Social Comunitaria, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda.- Programa de Consolidación de Reservas Urbanas. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, SUELO Y VIVIENDA, ARQ. JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO PROMOTOR DE LA VIVIENDA DE NAYARIT, REPRESENTADO POR EL LIC. FRANCISCO ADALBERTO RAZURA ALTAMIRANO, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

CONSIDERANDOS

l. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en adelante denominado por su acrónimo "PCRU"; se aplicarán en las entidades federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en consideración los criterios propuestos por las entidades federativas.

  1. Que el 29 diciembre de 2015, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las "Reglas de Operación".

  2. Que en el artículo 20 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio.

  3. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora" quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

  4. Que se recibió oficio No. DG/DT/DP/904/2016 por parte de la "Instancia Ejecutora" mediante el cual solicitó a la "Instancia Coordinadora" en términos de lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se tome en cuenta el proyecto denominado "Responsabilidad Social Comunitaria" para que obtenga el apoyo presupuestario del referido Programa con domicilio en Av. Ojo de Halcón sin número, en la Reserva Territorial de la Cantera en la ciudad de Tepic, en el Estado de Nayarit, con coordenadas X= 21°49'27.91"N; Y= 104°83'61.08" O con superficie total del predio de 13,000.00 M2 (Trece mil) metros cuadrados; para edificar 96 (Noventa y seis) viviendas en 6 (seis) módulos con 16 Departamentos de 4 niveles.

  5. Que en el apartado 4.3.6.1 de las Reglas de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido en el Anexo 9 las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente instrumento jurídico.

  6. Que el artículo 46 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora.

  7. Que el 24 de agosto del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de Autorización Técnica número V/511/DGDUSV/PCRU0441AT/2016 con los datos generales del Proyecto denominado "Responsabilidad Social Comunitaria", con domicilio en Av. Ojo de Halcón sin número, en la Reserva Territorial de la Cantera en la ciudad de Tepic, en el Estado de Nayarit, con coordenadas X= 21°49'27.91"N; Y= 104°83'61.08" O con superficie total del predio de 13,000.00 M2 (Trece mil) metros cuadrados; para edificar 96 (Noventa y seis) viviendas en 6 (seis) módulos con 16 Departamentos de 4 niveles. Promovido por el Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit, con domicilio en calle Emiliano Zapata No. 146, Oriente Colonia Centro de la Ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, C.P. 63000.

    DECLARACIONES

  8. Declara la "SEDATU":

    I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos 1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes.

    I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2016, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2015, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo.

    I.4. Que mediante oficio número 312.A.-004084, de fecha 1 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto "B" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la "SEDATU", la autorización, desde el punto de vista presupuestario, de las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, conforme a lo establecido en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.

    I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento Interior de la "SEDATU".

    I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU".

    I.7 Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y forma parte del Comité del Programa, conforme a lo dispuesto por los artículos 16 y 27 de las Reglas de Operación 2016, respectivamente.

    I.8 Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A, Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior.

    I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en Paseo de la Reforma número 287, tercer piso, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 6500 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

  9. Declara el INSTITUTO PROMOTOR DE LA VIVIENDA DE NAYARIT:

    II.1 Que es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Paraestatal del Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido de conformidad con las disposiciones legales aplicables, creado mediante el Decreto de la Ley de Vivienda del Estado de Nayarit, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 6 de junio de 2009.

    II.2 Que tiene como objetivo principal establecer las bases para formular y aplicar los planes y programas públicos en materia de vivienda, acrecentar la reserva territorial para ello y coadyuvar al ordenamiento territorial en el Estado.

    II.3 Que el Lic. Francisco Adalberto Razura Altamirano, acredita su carácter de Director General del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit, con el nombramiento efectuado a su favor en la Tercera sesión extraordinaria de la Junta de Gobierno del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit de fecha 1 de agosto de 2016, suscrito por el Gobernador Constitucional del Estado y Presidente de la

    Junta de Gobierno del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit, con fundamento en el artículo 32 fracción I de la Ley de Vivienda para el Estado de Nayarit.

    II.4 Que cuenta con Poder General Judicial Para Pleitos y Cobranzas, Para Actos de Administración, Administración Laboral y Para Actos de riguroso Dominio, otorgado ante la fe del Licenciado Jesús Toris Lora, Notario Público Número Dieciocho, en ejercicio de este Distrito de la Ciudad de Tepic, Estado de Nayarit. Con fecha 31 de agosto del 2016. De conformidad con lo expuesto en el artículo 32 fracciones VI y XVII de la Ley de Vivienda del Estado de Nayarit.

    II.5 Que para los fines y efectos legales del presente convenio tiene su domicilio en Calle Emiliano Zapata Número 146 Ote, Colonia Centro de esta Ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, C.P. 63000.

    II.6 Se encuentra registrado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la Cédula del Registro Federal de Contribuyentes...

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