Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2016, respecto del Proyecto denominado Valle Alto, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Instituto Municipal de Vivienda de Veracruz

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.- Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda.- Programa de Consolidación de Reservas Urbanas. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, EN ADELANTE "PCRU"; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA, REPRESENTADA POR EL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, SUELO Y VIVIENDA, ARQ. JORGE LEÓN WOLPERT KURI, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU"; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA DE VERACRUZ, REPRESENTADO POR EL LIC. ARTURO COBOS VALDEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA INSTANCIA EJECUTORA" Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES CONSIDERANDOS, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

CONSIDERANDOS

l. Que los programas presupuestarios del Ramo Administrativo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano", entre ellos, el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en adelante denominado por su acrónimo "PCRU"; se aplicarán en las entidades federativas en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con los criterios de política pública establecidos por los Programas Nacionales de Desarrollo Urbano y Vivienda y tomando en consideración los criterios propuestos por las entidades federativas.

  1. Que el 29 diciembre de 2015, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, en lo subsecuente enunciadas como las "Reglas de Operación".

  2. Que en el artículo 20 de las "Reglas de Operación" antes citadas, se establece la figura de la "Instancia Ejecutora" cuyas obligaciones se precisan para su entendimiento y consideración en dicho cuerpo regulatorio.

  3. Que el ejercicio y aplicación de los recursos del Programa está a cargo de la "Instancia Ejecutora" quien tendrá ese derecho, grosso modo, una vez aprobado el Proyecto que presente y suscrito este Convenio con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

  4. Que se recibió oficio No. INMUVI/DPGCYSV/1243/16 por parte de la "Instancia Ejecutora" mediante el cual solicitó a la "Instancia Coordinadora" en términos de lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas se tome en cuenta el proyecto denominado "Valle Alto" para que obtenga el apoyo presupuestario del referido Programa con domicilio en Fraccionamiento Valle Alto, Mata Cocuite, Veracruz, en el Estado de Veracruz, con coordenadas X= 792,304.89 Y= 2,117,038.59 con superficie del predio de 589,697.62 M2 (Quinientos ochenta y nueve mil seiscientos noventa y siete punto sesenta y dos) metros cuadrados; para edificar 192 (Ciento noventa y dos) viviendas en 29 (veintinueve) edificios de tres niveles con 6 departamentos cada uno y 6 edificios de 3 niveles con 3 departamentos cada uno.

  5. Que en el apartado 4.3.6.1 de las Reglas de Operación se establece que el modelo de Convenio contenido en el Anexo 9 las Reglas de Operación, deberá tomarse como referencia para el diseño del presente instrumento jurídico.

  6. Que el artículo 46 de las "Reglas de Operación" prevé que previo a la suscripción de este Convenio deberá contarse con el Oficio de Autorización Técnica expedido por la Instancia Coordinadora.

  7. Que el 31 de octubre del año en curso, la Instancia Coordinadora emitió el Oficio de Autorización Técnica número V/511/DGDUSV/PCRU0628AT/2016 con los datos generales del Proyecto denominado "Valle Alto", con domicilio en Fraccionamiento Valle Alto, Mata Cocuite, Veracruz, en el Estado de Veracruz, con coordenadas X= 792,304.89 Y= 2,117,038.59 con superficie del predio de

    589,697.62 M2 (Quinientos ochenta y nueve mil seiscientos noventa y siete punto sesenta y dos) metros cuadrados; para edificar 192 (Ciento noventa y dos) viviendas en 29 (veintinueve) edificios de tres niveles con 6 departamentos cada uno y 6 edificios de 3 niveles con 3 departamentos cada uno. Promovido por el Instituto Municipal de Vivienda de Veracruz, con domicilio en calle Juan de Grijalva No. 34, Fraccionamiento Reforma, Veracruz, Estado de Veracruz, C.P. 91910.

    DECLARACIONES

  8. Declara la "SEDATU":

    I.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, conforme a los artículos 1o., 2o. Fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre sus atribuciones, la de planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes.

    I.3. Que el Ejecutivo Federal a través de la "SEDATU", ha instrumentado el Programa de Consolidación de Reservas Urbanas para el ejercicio fiscal 2016, y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2015, tiene como objetivo general, contribuir al pleno desarrollo de las ciudades mexicanas, mediante la reducción del costo final de adquisición de la vivienda social orientada a la población con ingresos de hasta 5 SMGV a través de un apoyo presupuestario al suelo.

    I.4. Que mediante oficio número 312.A.-004084, de fecha 1 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto "B" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, comunicó a la "SEDATU", la autorización, desde el punto de vista presupuestario, de las Reglas de Operación del Programa de Consolidación de Reservas Urbanas, conforme a lo establecido en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.

    I.5. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, es una unidad administrativa de la SEDATU de conformidad en el artículo 2o., apartado A, Fracción I, inciso b, de conformidad con el Reglamento Interior de la "SEDATU".

    I.6. Que su representante cuenta con las atribuciones para celebrar el presente instrumento jurídico en los términos señalados en el artículo 7 Fracción X, del Reglamento Interior de la "SEDATU".

    I.7. Que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda es la "Instancia Normativa" del "PCRU" y forma parte del Comité del Programa, conforme a lo dispuesto por los artículos 16 y 27 de las Reglas de Operación 2016, respectivamente.

    I.8. Que la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda, en lo sucesivo la "Instancia Coordinadora" es una unidad administrativa de la "SEDATU" y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación, en los términos prescritos en los artículos 2, apartado A, Fracción IV, inciso f y 23 Fracción VI de su Reglamento Interior.

    I.9. Que para los efectos del presente Convenio de Coordinación, se señala como domicilio el ubicado en Paseo de la Reforma número 287, tercer piso, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 6500 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

  9. Declara el INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA DE VERACRUZ.

    II.1. Que es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio de la Administración Pública Municipal, creado mediante sesión ordinaria de cabildo del Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 14 de enero de 2005, publicado en la Gaceta Oficial número 41 del Órgano de Gobierno del Estado, con fecha 28 de febrero de 2005 con folio 154; por el cual la sexagésima legislatura autorizó al Honorable Ayuntamiento de Veracruz, la creación del Organismo Público Descentralizado denominado: "Instituto Municipal de Vivienda de Veracruz", que funciona y presta sus servicios a través de sus programas de administración, su reglamentación interna y su estructura orgánica.

    II.2. Que tiene entre otras atribuciones, elaborar convenios con la Federación, el Gobierno del Estado, con otros Municipios o con particulares, para el cumplimiento de los objetivos y prioridades previstos en los Programas de Planeación Urbana que se ejecuten en el territorio de conformidad con el

artículo 8

de la Ley 241 de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz.

II.3. Que el Licenciado Arturo Cobos Valdez acredita su personalidad con el Nombramiento de fecha 1 de enero de 2014, expedido a su favor por el Licenciado Ramón Poo Gil, Presidente Municipal Constitucional del Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

II.4. Que cuenta con las facultades para representar legalmente a "EL INMUVI" así como celebrar toda clase de actos inherentes a su objeto de conformidad con las fracciones I y II del artículo décimo tercero del Decreto de Creación del Instituto Municipal de Vivienda de Veracruz.

II.5. Para efectos del presente Convenio señala como su domicilio el ubicado en la Calle Juan de Grijalva número 34, en el Fraccionamiento Reforma, Código Postal 91919 en la Ciudad de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

II.6. Se encuentra registrado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la Cédula del Registro Federal de...

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