Convenio de Coordinación para el fortalecimiento de la Autonomía de Gestión Escolar, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Tabasco

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CONVENIO de Coordinación para el fortalecimiento de la Autonomía de Gestión Escolar, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Tabasco. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN ESCOLAR: QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL MTRO. JAVIER TREVIÑO CANTÚ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, ASISTIDO POR EL PROF. GERMÁN CERVANTES AYALA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA GESTIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA Y POR EL MTRO. PEDRO VELASCO SODI, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE GESTIÓN Y, POR LA OTRA PARTE, POR EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE TABASCO, EN LO SUCESIVO "EL EJECUTIVO DEL ESTATAL", REPRESENTADO POR EL LIC. VÍCTOR MANUEL LÓPEZ CRUZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN ASISTIDO POR EL LIC. ANTONIO SOLÍS CALVILLO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y LA MTRA. DIANA DEL CARMEN MADRIGAL CASTELLANOS, COORDINADORA DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD, A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

CONSIDERANDOS

  1. - Que "LA SEP", de conformidad con la reforma al artículo 3 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013, y la legislación secundaria emanada de ésta, a través de la Subsecretaría de Educación Básica, en lo sucesivo "LA SEB", impulsa la conjunción de esfuerzos hacia un Sistema Básico de Mejora Educativa con cuatro prioridades nacionales: mejorar la calidad de los aprendizajes de todos los estudiantes, asegurar la retención de los educandos hasta la conclusión de sus estudios, asegurar la normalidad mínima en la operación del servicio educativo de todas las escuelas y mejorar la convivencia escolar que propicie el aprendizaje.

  2. - Que en atención al Decreto Constitucional por el que se aprueba la Reforma Educativa, "LA SEP" por conducto de "LA SEB", tiene la responsabilidad de atender lo que demanda el artículo Transitorio Quinto. fracción III, inciso a), que dispone que: "Para el debido cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3o. y 73, fracción XXV, las autoridades competentes deberán prever: "Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas ante los órdenes de gobierno que corresponda con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta."

  3. - Que la Ley General de Educación en su artículo 28 Bis, establece que la autoridad educativas federal, local y municipal, en el ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas.

  4. - Que el "ACUERDO número 19/12/14 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad para el ejercicio fiscal 2015", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de diciembre de 2014, en su numeral 6 EVALUACIÓN, señala que "LA SEB", a través de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa, en adelante la DGDGIE, y las Autoridades Educativas Locales podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del Programa construyendo para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología de Marco Lógico.

  5. - Que en el marco del Contrato de Préstamo 8446-MX suscrito con fecha 13 de marzo de 2015 entre los Estados Unidos Mexicanos y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), "Proyecto de Gestión Escolar", que apoya parcialmente las acciones del Programa Escuelas de Calidad (PEC) cuenta con la asistencia y asesoría técnica para desarrollar una Evaluación de Impacto del Programa Escuelas de Calidad en el marco del Fortalecimiento de la Autonomía de Gestión Escolar, en lo sucesivo "LA EVALUACIÓN" a partir de la implementación de líneas de intervención innovadoras que fortalezcan el liderazgo directivo y la gestión para incidir en la mejora de la calidad y equidad educativa de las escuelas de educación básica.

  6. - Que "LA EVALUACIÓN" se desarrollará en el periodo 2015-2018 en tres etapas con la posibilidad de una cuarta en función de la evaluación de los resultados de las etapas anteriores. Primera Etapa: Ciclo Escolar 2015-2016, Primer levantamiento de información (Línea Base) y desarrollo de líneas de intervención; Segunda Etapa: Ciclo Escolar 2016-2017, Segundo levantamiento de información y desarrollo de líneas de intervención; y, Tercera Etapa: Ciclo Escolar 2017-2018, Tercer levantamiento de información y análisis de resultados.

  7. - Que "LA SEP" determinó los criterios para la implementación de "LA EVALUACIÓN" y difundió una convocatoria pública dirigida a todas las entidades federativas interesadas, haciendo del conocimiento de las Autoridades Educativas Locales el requisito de presentar una carta compromiso firmada por el titular de la Autoridad Educativa Local para manifestar su interés en participar, así como realizar una aportación económica para financiar conjuntamente la estrategia de evaluación.

  8. - Que en el marco del Programa Escuelas de Calidad (PEC), el Comité Técnico del Fideicomiso "Fondo Nacional para Escuelas de Calidad" (CTFFNEC), en su Primera Sesión Ordinaria celebrada el 21 de abril de 2015, con base en el numeral 3.4 de las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad para el ciclo escolar 2015-2016, mediante Acuerdo 01.08.15S, acordó destinar de las disponibilidades financieras de 2014, con cargo al patrimonio del Fideicomiso 14780-8 la cantidad de $9´000,000.00 (Nueve Millones de Pesos 00/100 M.N.), para financiar la primera etapa de "LA EVALUACIÓN" bajo un esquema "peso por peso" con las entidades federativas que cumplan con los requisitos definidos por la DGDGIE, a fin de que sea utilizada por aquellas entidades federativas que sean seleccionadas por un Comité de Evaluación con base en los criterios de la Convocatoria que para dichos efectos se emita, así como las cartas que presenten manifestando su interés en participar en "LA EVALUACIÓN", correspondiendo su supervisión a la DGDGIE.

  9. - Que con base en los resultados de la Convocatoria resultaron seleccionadas las entidades federativas de Durango, Guanajuato, México, Morelos, Puebla, Tabasco y Tlaxcala, que en conjunto para la primera etapa de "LA EVALUACIÓN" aportan la cantidad de $10´697,000.00 (Diez Millones Seiscientos Noventa y Siete Mil Pesos 00/100 M.N.), por lo que el CTFFNEC en su Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de septiembre de 2015, aprobó el Acuerdo 02.04.15R por el acordó destinar de las disponibilidades financieras del Fideicomiso 14780-8, la cantidad de $1´697,000.00 (Un Millón Seiscientos Noventa y Siete Mil Pesos 00/100 M.N.) adicionales a los $9´000,000.00 (Nueve Millones de Pesos 00/100 M.N.) aprobados mediante el Acuerdo 01.08.15S referido en el considerando que antecede.

    DECLARACIONES

    1. De "LA SEP":

      I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y de los municipios.

      I.2.- Que el Mtro. Javier Treviño Cantú, Subsecretario de Educación Básica, suscribe el presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y el "Acuerdo número 399, por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 26 de abril de 2007.

      I.3.- Que dentro de su estructura orgánica se encuentra la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa, adscrita a la Subsecretaría de Educación Básica, a la que le corresponde entre otras atribuciones: establecer los lineamientos para la planeación, seguimiento, evaluación y desarrollo de nuevos modelos de gestión institucional, centrados en la escuela, con la participación de las autoridades educativas locales, de los sectores sociales involucrados en la educación y de las escuelas de educación inicial, especial y básica, en sus diferentes niveles y modalidades.

      I.4.- Que suscribe el presente convenio con objeto de coordinarse con "EL EJECUTIVO ESTATAL" para llevar a cabo la "Evaluación de Impacto del Ejercicio y Desarrollo de la Autonomía de Gestión Escolar", de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Escuelas de Calidad aplicables para el ciclo escolar 2015-2016.

      I.5.- Que para la celebración del presente convenio, cuenta con los recursos financieros necesarios con cargo al patrimonio del Fideicomiso "Fondo Nacional para Escuelas de Calidad", autorizados por su Comité Técnico, mediante Acuerdos 01.08.15S y 02.04.15R, mismos que se ejercerán con cargo a la clave presupuestaria: 11 310 000 2 0 01 00 016 S029 43902 1 1 09.

      I.6.- Que para todo lo relacionado con este instrumento, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma No. 122, 13o. piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.

    2. De "EL EJECUTIVO ESTATAL":

      II.1.- Que el Estado de Tabasco, es una entidad Libre y Soberana en lo que se refiere a su régimen interior y es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con los...

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